El procurador general de la Nación, Gregorio Eljach Pacheco, advirtió este jueves que cualquier funcionario público, incluidos los de elección popular, que reciba una orden de suspensión provisional debe dejar su cargo de forma inmediata apenas sea comunicado, sin que pueda usar excusas para retrasar el cumplimiento de la medida disciplinaria.
A través de un comunicado oficial, el jefe del Ministerio Público explicó que esta medida de suspensión, aunque sea provisional por un término inicial de hasta tres meses, es de "inmediato cumplimiento" para el investigado, tal como lo establece el artículo 217 del Código General Disciplinario.
Eljach Pacheco recordó que la propia Corte Constitucional ha sido clara en diversas sentencias al determinar que la suspensión provisional debe cumplirse en el acto, ya que no requiere de un paso adicional o un "acto de ejecución" para que se haga efectiva.
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La Procuraduría fue enfática en señalar las graves consecuencias de ignorar la orden. Si un servidor público que ya fue notificado de su suspensión decide "continuar haciendo uso del cargo o la función", incurre automáticamente en una falta disciplinaria calificada como gravísima.
El procurador detalló que esta falta está específicamente prevista en el numeral 8 del artículo 55 del Código Disciplinario. Dicha norma castiga a quien siga ejerciendo sus funciones "a sabiendas de la existencia de una decisión de carácter provisional que lo suspende".
Por esta razón, el funcionario suspendido no puede presentar excusas para no acatar la decisión. El comunicado aclara que no se puede argumentar estar en una situación administrativa diferente, como un permiso, una licencia o incluso disfrutando de vacaciones, para demorar la salida del puesto.
El despacho del procurador Eljach también desestimó otro posible argumento: que el funcionario espere a que se notifique el acto administrativo que nombra a su reemplazo. La entidad explicó que nombrar un suplente solo busca "garantizar la continuidad en el servicio" público, pero esto no frena el cumplimiento de la suspensión. Para el investigado, la medida rige "desde el momento en que se le comunica la decisión".
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Finalmente, la Procuraduría General recordó que el objetivo principal de la suspensión provisional es "la protección del recto ejercicio de la función pública". Con esta medida se busca impedir que el funcionario investigado pueda "continuar o reiterar el comportamiento" por el cual se le indaga, o que pueda usar su cargo para "obstruir el trámite del proceso".
En este sentido, el Ministerio Público concluyó que incumplir la orden de suspensión significaría "atentar contra el ordenamiento jurídico" y, además, pondría "en duda la autonomía de este órgano de control".
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