Luego de cuatro años, el Ministerio de Ambiente por fin presentó el proyecto de resolución que reglamenta la Ley 2173. Se trata de una norma que ordena a las empresas sembrar árboles según el número de trabajadores.
Para contexto, en diciembre de 2021, el Congreso de la República aprobó dicha norma, que impulsa la restauración ecológica mediante programas de siembra en las llamadas “áreas de vida”.
Aunque su alcance iba más allá de lo ambiental, incorporando dimensiones sociales y de gobernanza en la operación de las empresas, la falta de una reglamentación técnica había impedido su implementación.
Reglamentación de la Ley 2173
Natalia Núñez, abogada de la firma Serrano Martínez CMA, explicó que esta reglamentación establece reglas claras y procedimientos operativos para que medianas y grandes compañías, incluidas las extranjeras registradas en Colombia, integren la siembra de árboles dentro de su gestión ambiental corporativa.
La jurista sostuvo que el artículo 6 de la ley fija que las organizaciones deberán sembrar dos árboles por cada empleado como parte de su compromiso ambiental.
Sin embargo, el proyecto de resolución aclara que no todos los trabajadores deben contarse en ese cálculo. Se tendrán en cuenta factores como la fecha de ingreso, el tipo de contrato y la edad del empleado, lo que exigirá una revisión detallada de la nómina de cada empresa.
Por otro lado, Darío Ramírez, abogado de la misma firma, señaló que la norma anota que las jornadas de siembra y restauración deberán realizarse en horario laboral, respetando las disposiciones de salud ocupacional. En la práctica, estas actividades pasarán a formar parte de la rutina organizacional, con un impacto directo en la gestión de talento humano y en las operaciones diarias.
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Áreas de vida y lineamientos técnicos
Uno de los puntos centrales del proyecto es la creación de una ruta para identificar las “áreas de vida”.
Este proceso estará a cargo de las autoridades ambientales y distritales, que deberán coordinarse para seleccionar los espacios adecuados y garantizar la permanencia de los proyectos. Una vez definidas las zonas, las entidades competentes emitirán los lineamientos técnicos que orientarán a las compañías en la implementación de sus programas de siembra.
La resolución también precisa que, aunque la Ley 2173 ordenaba un cumplimiento anual, las empresas solo podrán presentar sus programas una vez que las autoridades ambientales hayan publicado dichos lineamientos en cada jurisdicción.
Este proceso estará a cargo de las autoridades ambientales y distritales, que deberán coordinarse para seleccionar los espacios adecuados y garantizar la permanencia de los proyectos. Una vez definidas las zonas, las entidades competentes emitirán los lineamientos técnicos que orientarán a las compañías en la implementación de sus programas de siembra.
La resolución también precisa que, aunque la Ley 2173 ordenaba un cumplimiento anual, las empresas solo podrán presentar sus programas una vez que las autoridades ambientales hayan publicado dichos lineamientos en cada jurisdicción.
Un paso adelante en sostenibilidad empresarial
La reglamentación representa un avance clave, pues llena los vacíos que habían impedido poner en práctica la Ley 2173 desde su expedición. No obstante, el proyecto aún se encuentra en fase de comentarios y podría sufrir modificaciones en plazos y obligaciones antes de su entrada en vigor.
Con esta normativa, Colombia refuerza la integración de criterios ambientales y sociales en la gestión empresarial, demostrando que la sostenibilidad requiere cada vez más de la coordinación entre el sector privado, las autoridades y la comunidad.
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