El lunes de esta semana, por orden de la Dirección y Comando de Vigilancia del Complejo Carcelario de Cúcuta, tuvo lugar un procedimiento de registro y control a la habitación 1101 del Hospital Universitario Erasmo Meoz, en la que desde hace más de un mes está internado el exalcalde Ramiro Suárez Corzo, encontrando elementos prohibidos para un privado de la libertad.
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Como parte de las medidas de custodia y vigilancia que el Inpec ordenó reforzar días atrás, luego de que se hicieran públicas las presuntas irregularidades que se estarían presentando en este lugar, desde donde se vendrían coordinando algunas campañas políticas para las elecciones de octubre, la entidad comisionó a un equipo integrado por un teniente de prisiones, un funcionario de Policía Judicial y algunos dragoneantes, para que pasaran revista a los servicios de seguridad y vigilancia asignados al centro médico.
Sobre las 4:20 de la tarde, la delegación del Instituto Penitenciario hizo presencia en el piso 11 del Hospital Universitario y aunque inicialmente recibieron el “parte sin novedad”, de los dos funcionarios encargados de custodiar a Suárez Corzo, al ingresar a la habitación y empezar con la respectiva revisión, terminaron llevándose una sorpresa.
En un bolso de propiedad del exmandatario, uno de los dragoneantes encontró la suma de $3’150.000 en efectivo, dinero que fue decomisado de inmediato por el funcionario de la Policía Judicial.
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Al continuar con el procedimiento, los integrantes del Inpec encontraron también un cargador de celular y un cable USB que según Ramiro Suárez le pertenecían a su esposa, quien al momento de la inspección se encontraba afuera de la habitación.
Una vez fue contactada por el personal que adelantaba la revisión, Isabel Márquez Rubio confirmó que tanto el cable como el cargador sí eran de su propiedad, y aunque estos le fueron devueltos, el hallazgo quedó consignado en un acta de “incautación o boleta de decomiso”, la cual tuvo que ser firmada por la acompañante del exgobernante.
Elementos prohibidos
De acuerdo con el Código Penitenciario y Carcelario que rige en Colombia, al interior de los centros de reclusión, incluidos los especiales, como las instituciones médicas donde haya detenidos, está prohibido el uso de dinero. El incumplimiento de esta prohibición se constituye como una falta grave disciplinaria.
“El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario reglamentará las modalidades de pago de bienes y servicios internos en los centros de reclusión”, señala el artículo 89.