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Economía
¿Está obligado a declarar renta en 2025? Conozca lo que debe hacer
Para la declaración de renta es clave tener una planeación tributaria. Expertos hablan de errores comunes y dan recomendaciones.
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Leonardo Oliveros
Leonardo Favio Oliveros
Miércoles, 27 de Agosto de 2025

El pasado 12 de agosto comenzó el calendario para las declaraciones de renta para personas naturales. No presentarla o hacerlo de manera extemporánea acarrea multas que van desde $498.000, el monto por un día de mora, incluso si la declaración de renta arroja un valor de cero. 

El tributarista y docente de la Universidad Agustiniana, Gerson Manuel Anduquia Rodríguez, indicó que este trámite tributario no obliga a todos los colombianos a realizar un pago. 


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Sin embargo, dijo que se debe tener en cuenta que los obligados a declarar son quienes, en 2024, su patrimonio bruto, es decir, lo que tiene sin restar lo que debe, superó los $211.792.000 al 31 de diciembre. 

Igualmente, quienes al sumar sus ingresos, compras, consumos en tarjetas de crédito y consignaciones bancarias arrojó más de $65.891.000 durante el año. También están obligados a declarar quienes prestan servicios gravados o venden productos que deben facturarse con IVA.

Anduquia expresó que se debe tener presente que las fechas de pago van hasta al 24 de octubre de 2025 e invitó a los ciudadanos a estar pendientes del calendario tributario oficial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), porque la fecha límite de pago depende de los dos últimos dígitos de la cédula. 


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Su colega y compañera en la institución, Verónica Indira Villegas Triana, manifestó la necesidad de realizar una planeación tributaria anticipada, lo que le permitirá prever el monto a pagar y así organizar sus finanzas personales o familiares, evitar sanciones o intereses por errores u omisiones y acceder a beneficios tributarios (deducciones por dependientes económicos, pagos en salud prepagada, intereses de crédito hipotecario, entre otros).

El contador público Ernesto Tapias Toloza, también profesor de la Uniagustiniana, destacó las equivocaciones más comunes en este proceso: omitir activos, como propiedades, cuentas bancarias o inversiones; declarar pasivos falsos, es decir, deudas que no existen, y solicitar deducciones no válidas o retenciones que no están certificadas.


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Otras faltas regulares son no revisar la declaración sugerida que presenta la DIAN sin ajustarla a la realidad y no tener en cuenta el incremento patrimonial entre un año y otro. 

Tapias afirmó que estos errores pueden traer consecuencias económicas y legales, por ello, recomendó tener el acompañamiento de un contador público, pues, ese profesional “no solo ayuda a presentar la declaración correctamente, sino que analiza la situación para tomar decisiones informadas y coherentes con la realidad financiera”. 


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