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Cúcuta
Usurpadores de tierra: la justicia habla tras un escándalo de 12 años, en Cúcuta
Trece años después, tres sentencias de la jurisdicción judicial de Cúcuta concluyeron que el abogado Alberto Rodríguez no es ningún usurpador de Tierras. En el proceso judicial resultó condenado por prevaricato por acción un funcionario del IGAC.
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La opinión
La Opinión
Lunes, 17 de Marzo de 2025


Luego de trece años de un largo y complejo proceso judicial, la verdad ha salido a la luz, reivindicando el nombre del abogado Alberto Rodríguez Calderón y de otros ciudadanos señalados erróneamente como usurpadores de tierras. 

En 2012, un informe periodístico publicado en La Opinión, bajo el título ‘Profesión: Invasor’, se vinculó a Rodríguez Calderón con la apropiación indebida de terrenos en el anillo vial occidental.

Sin embargo, con el tiempo y con pruebas judiciales, se ha demostrado que los verdaderos responsables de este entramado de corrupción fueron funcionarios del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) en presunta complicidad con la empresa Inversiones San José.

La historia 

La historia se remonta a 2012, cuando Alberto Rodríguez Calderón adquirió un terreno de la familia Velasco con el propósito de construir mil viviendas de interés social junto con un reconocido constructor de la ciudad. 


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Sin embargo, al intentar desenglobar el terreno, descubrieron que el lote aparecía registrado a nombre de la empresa Inversiones San José.

Alarmados por esta irregularidad, se dirigieron al entonces director del IGAC, Oswaldo Martínez Andrade, quien confirmó que dicha modificación catastral se había realizado a través de la Resolución Interna 522 de 2009, emitida por el funcionario César Alberto Rosales Jiménez. Martínez Andrade los instó a presentar una denuncia ante la Fiscalía, ya que la alteración catastral era ilegal.

Lo que siguió fue un tortuoso proceso penal que se extendió por casi una década. Durante este tiempo, se dice que presuntamente Inversiones San José obtuvo beneficios a través de trámites administrativos cuestionables, incluyendo la aprobación de un plan parcial para construir viviendas y la ejecución de desalojos con el aparente respaldo de la Alcaldía de Cúcuta. Esto generó una narrativa en la que Rodríguez y sus socios fueron presentados como los usurpadores, cuando en realidad eran las víctimas de una maniobra fraudulenta.

Las sentencias que revirtieron las acusaciones

La verdad finalmente prevaleció con la emisión de tres sentencias judiciales que condenaron a César Alberto Rosales Jiménez, hoy, exfuncionarios del IGAC, por prevaricato por acción. 

Se trata de las sentencias que corresponden a la del Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento, que condenó por el presunto delito de prevaricato por acción a Rosales el 2 de junio de 2021. 

Asimismo, a la sentencia de segunda instancia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, Sala Penal de Decisión, mediante la cual el 18 de abril de 2022 decidió no decretar la nulidad insinuada y confirmó la sentencia que condenó a Rosales.


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Asimismo, la sentencia de la Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal, que en 2023, inadmitió la demanda de casación presentada por el apoderado de Rosales. Contra esta decisión procede el mecanismo de insistencia.

Y por último, la resolución de la alcaldía con la que formal y oficialmente se archiva y se deja sin efectos el artículo seis de la resolución 540010522-2009, del 10 de noviembre de 2009, proferida por el jefe de conservación del IGAC, César Alberto Rosales, mediante la cual se hizo la intervención de segundo grado #13456.

El funcionario César Alberto Rosales fue sentenciado a 70 meses de prisión, una multa equivalente a 95 salarios mínimos legales vigentes y la inhabilitación para ejercer funciones públicas por 88 meses.

Las sentencias establecieron que Rosales Jiménez alteró ilegalmente los registros catastrales para presuntamente favorecer a Inversiones San José, transfiriendo 80 hectáreas ubicadas en la zona conocida como Paraíso Perdido hacia otro sector, ampliándolas artificialmente a 105 hectáreas. Dentro de esta nueva demarcación quedaron incluidas las 16 hectáreas que pertenecían a Rodríguez Calderón, lo que lo dejó en una situación de indefensión durante más de una década.

El Tribunal Superior Sala Penal de Cúcuta confirmó que esta acción constituía un acto de corrupción “y que su objetivo principal era beneficiar a Inversiones San José”. Como parte de esta maniobra, la empresa logró que su impuesto predial se redujera drásticamente de $1.111 millones a tan solo $11 millones, afectando gravemente los recursos del municipio de Cúcuta.

Cerro donde se encuentra el monumento del Cristo Nazareno./Foto Archivo
Amenazas y consecuencias

A pesar de haber logrado limpiar su nombre en los tribunales, Alberto Rodríguez Calderón ha sido objeto de amenazas de muerte. “Vengo recibiendo amenazas graves por este hecho. La última que me llegó vinculó al alcalde de Cúcuta y al asesor jurídico”, afirmó el abogado.

Las intimidaciones se intensificaron luego de que la Alcaldía intentara proceder con una querella interpuesta por Inversiones San José ante el corregidor del Carmen de Tonchalá. Sin embargo, la querella fue archivada, ya que las sentencias judiciales demostraban que los verdaderos invasores de tierra eran quienes señalaban de tal delito a Alberto Rodríguez Calderón.


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Posteriormente, en segunda instancia, la propia Alcaldía ratificó la decisión del corregidor, confirmando la legalidad de la propiedad de Rodríguez.

El litigio sobre el monumento del Cristo Nazareno

Uno de los aspectos más polémicos del caso es la construcción del monumento al Cristo Nazareno en parte de los terrenos que pertenecen a Rodríguez Calderón. Según sus declaraciones, Inversiones San José cedió un sector de su supuesta propiedad a la Alcaldía para la edificación del monumento durante la administración de César Rojas. Sin embargo, no existe registro de compra del terreno por parte del municipio.

Ante esta situación, Rodríguez ha solicitado a la Alcaldía que le pague el valor del terreno o que retire la estructura, argumentando que la ocupación se hizo de manera irregular y sin la debida autorización de los órganos de control.

Reivindicación y cierre de un capítulo oscuro

Tras doce años de luchas judiciales, Alberto Rodríguez Calderón ha logrado demostrar su inocencia. “Mi petición es que se limpie mi nombre. Todo el mundo decía que yo era un usurpador de tierras, pero las sentencias han probado lo contrario”, declaró.


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No obstante, hay que aclarar que en su momento, cuando La Opinión publicó el informe ‘Profesión Invasor’ lo hizo tras una investigación en la que se consultaron autoridades y se obtuvieron documentos que daban fe de que lo que se estaba denunciando por Inversiones San José era la realidad. Pero, las sentencias conocidas de la justicia cambiaron la historia.

El caso de Rodríguez Calderón no es aislado. La alteración ilegal de registros catastrales y la apropiación indebida de tierras son prácticas que han ocurrido con frecuencia en Cúcuta. Sin embargo, este caso marca un precedente importante en la lucha contra la corrupción y la defensa de los derechos de los verdaderos propietarios.

Con la verdad establecida y su nombre reivindicado, Rodríguez Calderón espera que se haga justicia en todos los ámbitos y que los responsables de este escándalo de corrupción sean castigados conforme a la ley.

Asentamientos informales a orillas del anillo vial occidental/Foto archivo
Inversiones San José refuta a Rodríguez

Al ser indagados sobre el resultado judicial de las denuncias penales interpuestas por el abogado Alberto Rodríguez y cuyas sentencias fallaron a su favor, los representantes de Inversiones San José respondieron que "Rodríguez es muy hábil para tergiversar la verdad. No son tres sentencias, es una sola sentencia, la Corte lo que decidió es inadmitir el recurso de casación por falta de requisitos de forma, es decir, que en esa instancia no se estudió el asunto. En realidad, solo se trata de una Sentencia del Tribunal Superior de Cúcuta que decide sobre una inscripción catastral.

En la resolución 1149 de 2021 (19 de agosto) por la cual se actualiza la reglamentación técnica de la formación, actualización, conservación y difusión catastral con enfoque multipropósito” dispone en el “Artículo 29 sobre el efecto jurídico de la inscripción catastral. Sobre el particular, se precisó que la inscripción en el catastro no constituye título de dominio, ni sanea los vicios de que adolezca la titulación presentada o la posesión del interesado, y no puede alegarse como excepción contra el que pretenda tener mejor derecho a la propiedad o posesión del predio”.

Pero, lo que el señor Alberto Rodríguez ha hecho –agregan los voceros de Inversiones San José– es utilizar indebidamente la sentencia del Tribunal Superior como estandarte para perturbar la posesión de esta empresa, abusando del derecho; porque en la sentencia no se decidió sobre la posesión o propiedad del inmueble, lo que se decidió allí fue sobre una inscripción catastral que, como lo señala la ley, no tiene efectos en materia de posesión y de propiedad, pero él utilizó la sentencia del Tribunal para darle efectos que no tiene y poder arrebatar arbitrariamente la posesión que desde el año 1980 tiene Inversiones San José.


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 Añadió que Rodríguez “ha estado vendiendo derechos y acciones en común y proindiviso (propiedad compartida por varias personas) que no otorga derecho cierto sobre determinado lote de terreno con linderos específicos, no vende “lotes” sino “derechos”, pero la gente incauta cree que está comprando un lote como dicen los avisos con los cuales comercializa la tierra sin cumplir con los requisitos legales, sin licencia de parcelamiento y sin ningún tipo de licencia”.

Inversiones San José informó que esto ha venido sucediendo, aparejado de la indebida utilización de la sentencia del Tribunal Superior. “Ha realizado más de 50 escrituras de venta de derechos y acciones y les ha entregado lotes con linderos, permitiendo con ello que se construyan ilegalmente. Sin licencia de construcción, sin licencia de parcelamiento, generando construcciones ilegales que, cuando llegan las autoridades, muestran la sentencia del Tribunal y manifiestan que no es una, sino que son tres sentencias que le dieron patente de corso, como si esa decisión autorizara perturbar la posesión de Inversiones San José”.

Añadió que la sentencia no resuelve nada respecto del predio "Quebrada Seca” 00-002-0011-0418-000, cuya ficha predial en el año 2007 linda al sur con la carretera que de Cúcuta conduce al municipio del Zulia y el predio 0042 que corresponde al Chircal San Luis; por tanto, no tiene ningún efecto sobre dicho predio.


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La sentencia se circunscribe a una resolución que data del año 2009 y se circunscribe a Inversiones San José, quedando con la inscripción catastral dividida en tres partes que igualmente suman 105 hectáreas, tal como consta en su propiedad; por tanto, permanece sin disminución alguna de su inscripción catastral, puntualiza la empresa.

Fui condenado injustamente: César Alberto Rosales

El hoy exfuncionario del IGAC, César Alberto Rosales Jiménez, fuertemente cuestionado en la demanda penal interpuesta en su contra por el abogado Alberto Rodríguez, le dijo a La Opinión que fue condenado de manera injusta por el delito de prevaricato por acción, en proceso que cursó en el Juzgado Segundo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento. Dado que en la resolución interna que emitió para un predio de Inversiones San José, la #522 de 2009, no se violó ninguna ley ni se hizo para favorecer a Inversiones San José en el pago de impuesto predial, como se hizo ver en la demanda que lo condenó.

Manifestó que en los 32 años de servicio a la entidad nunca tuvo llamados de atención ni quejas por su actuar en el cargo que desempeñó.

No es cierto que con la citada resolución yo le haya bajado el avalúo catastral y que había adulterado la cartografía y, por ende, eso le significó que Inversiones San José pagara menos impuesto predial, eso no es cierto”, explicó Rosales. Dijo además que la Fiscalía no demuestra cuál parte de la carta catastral fue adulterada.


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Añadió que cuando hizo el englobe de los tres predios propiedad de Inversiones San José, “yo tenía que dejar un valor y ese se liquida sobre el predio de mayor extensión, que en este caso era de suelo rural, cuyo avalúo es más barato que el urbano, eso está consagrado en la ley”. 

A mí me condenan por la resolución, dijeron que los tres predios que yo englobé no eran contiguos y en el croquis se demuestra lo contrario, sí eran contiguos, sí eran colindantes, formaban parte de un globo de terreno de 105 hectáreas. Yo no les sumé las hectáreas de ellos (Rodríguez), explicó Rosales, quien reveló a La Opinión que sobre el particular está reuniendo los elementos probatorios para llevarlos en una demanda a la Fiscalía, buscando resarcir el daño que le hicieron.


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