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Llamado de urgencia de la URT a propietarios de predios del Catatumbo para solicitudes Rupta
Entre el 12 y el 16 de mayo, la Dirección Territorial Norte de Santander de la URT realizará para jornadas en los albergues dispuestos en Cúcuta y Villa del Rosario: Trigal del Norte, Metrópoli, Terminal y CATM.
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La opinión
La Opinión
Viernes, 9 de Mayo de 2025

La Unidad de Restitución de Tierras, a través de la Dirección Territorial de Norte de Santander, hizo un llamado a las familias campesinas del Catatumbo que aportaron información sobre sus predios abandonados desde el pasado 15 de enero, por causa de la crisis humanitaria, para que se acerquen a los puntos habilitados por la entidad para ampliar datos relevantes  para el estudio de solicitudes  del Registro Único de Predios y Territorios Abandonados (RUPTA).

“Por eso, si usted se considera víctima de despojo o abandono forzado de tierras debido a la emergencia de orden público por la que se decretó el estado de Conmoción Interior en la región, lo invitamos a comunicarse al WhatsApp 3102300073 o dirigirse a la oficina de la URT en Cúcuta, ubicada en la Cra. 11 # 0-66, barrio La Playa. Así mismo, puede escribir al correo electrónico: atencionalciudadanocatatumbo@urt.gov.co”, indicó la URT.

Adicionalmente, entre el 12 y el 16 de mayo, la Dirección Territorial Norte de Santander de la URT realizará para este fin jornadas en los albergues dispuestos en Cúcuta y Villa del Rosario: Trigal del Norte, Metrópoli, Terminal y CATM (Centro de Atención Transitorio a Migrantes). 

La entidad recordó que el proceso de restitución de tierras es gratuito y no necesita intermediarios.


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Prorrogan medidas para
proteger tierras y activos

Por otro lado, por medio de la Circular 175, del pasado 29 de abril, la Superintendencia de Notariado y Registro prorrogó la vigencia de las circulares 36 y 50 del 2025, con las cuales se adoptaron medidas de protección de tierras, territorios y activos, así como de prevención de acumulación y acaparamiento en el sector agropecuario, en el marco del estado de conmoción interior declarado en la región de El Catatumbo en enero del 2025.

La medida obedece a que si bien se levantó el estado de conmoción interior, mediante el Decreto 467 del pasado 23 de abril, ello no implica el retorno inmediato de los pobladores víctimas del conflicto armado a sus lugares de origen ni elimina el riesgo de que se efectúen acciones tendientes a desconocer o afectar la titularidad, tenencia y ocupación de predios, por lo que necesario contar con herramientas para garantizar el acceso a tierras, formalización y medidas de protección.

Mediante la Circular 50, del pasado 7 de febrero, la entidad solicitó a todos los notarios del país abstenerse durante el periodo en que esté vigente el estado de conmoción interior, e incluso bajo insistencia del interesado, de autorizar cualquier escritura pública que se pretenda realizar respecto de predios registrados como abandonados por razones de orden público en el Registro Único de Predios y Territorios Abandonados (RUPTA).


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De acuerdo con la norma, la única excepción a la abstención que contiene son los procesos de formalización predial, asignación o reconocimiento de derechos o acceso a tierras en los casos en los cuales el interesado sea el mismo beneficiario de la medida de protección, su compañero (a) permanente, cónyuge o alguno de sus legitimados, en los términos del artículo 81 de la Ley 1448 del 2011.

 

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