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Política
Procuraduría hace advertencia a funcionarios para elecciones de 2026
A través de una nueva directiva, el jefe del Ministerio Público, Gregorio Eljach Pacheco, detalló las conductas que serán sancionadas para garantizar la neutralidad y equidad en los comicios de Congreso y Presidencia que se avecinan en el país.
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Colprensa
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Jueves, 4 de Septiembre de 2025

El Procurador General de la Nación, Gregorio Eljach Pacheco, emitió una directiva que exhorta a los servidores públicos y a los particulares que ejercen funciones públicas a observar y acatar una serie de prohibiciones relacionadas con la participación en política de cara a las elecciones legislativas y presidenciales de 2026.

El documento, identificado como la Directiva 013 del 28 de agosto de 2025 , busca blindar los comicios para el Congreso de la República, programados para el 8 de marzo de 2026, y las votaciones para Presidente y Vicepresidente, previstas para el 31 de mayo de ese mismo año, así como una eventual segunda vuelta el 21 de junio.

El jefe del órgano de control advirtió que, ante la falta de una ley estatutaria que regule la participación política de los funcionarios, es necesario acogerse a la normatividad, jurisprudencia y doctrina vigentes para evitar irregularidades.


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Las prohibiciones para los funcionarios

La Procuraduría enumeró una docena de conductas de las que los servidores públicos deben abstenerse para no incurrir en una indebida participación en política. Entre las principales restricciones se encuentran:

  • Utilizar el cargo para participar en actividades de los partidos y movimientos políticos o en controversias políticas.
  • Acosar, presionar o determinar de cualquier forma a subalternos o particulares para que respalden alguna causa o campaña.
  • Usar los elementos destinados al servicio público, como vehículos, oficinas o papelería, para hacer proselitismo político.
  • Disponer del tiempo de servicio o del horario de trabajo para gestionar actividades de tipo político.
  • Utilizar información reservada a la que se tenga acceso por razón del cargo para favorecer alguna campaña.
  • Difundir propaganda electoral o realizar manifestaciones a favor o en contra de cualquier partido, movimiento o candidato a través de cualquier medio.
  • Ofrecer beneficios directos, particulares o indebidos a ciudadanos o comunidades, mediante obras o actuaciones de la administración, con el objeto de influir en la intención de voto.
  • Autorizar el uso de inmuebles o bienes muebles de carácter público para actividades proselitistas.
  • Realizar contribuciones económicas a partidos o campañas, con excepción de los miembros de corporaciones públicas, quienes sí pueden hacer aportes voluntarios a sus organizaciones políticas.
  • Destinar recursos públicos para reuniones o eventos de carácter proselitista, salvo los que asigna el Estado a través del Fondo Nacional de Financiación Política.

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La directiva se fundamenta en un amplio marco legal que incluye el artículo 127 de la Constitución , la Ley de Garantías (Ley 996 de 2005) , el Código Penal y el Código General Disciplinario (Ley 1952 de 2019). Este último cataloga como falta gravísima, entre otras, "utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos y movimientos políticos y en las controversias políticas".

El documento también recuerda que, según la Ley de Garantías, el incumplimiento de estas prohibiciones será sancionable disciplinariamente según la gravedad del hecho.

Finalmente, Eljach Pacheco invitó a la ciudadanía en general a ejercer un control social activo sobre la conducta de los servidores públicos. Para ello, recordó que la Procuraduría tiene habilitados canales para recibir las quejas y denuncias sobre posibles irregularidades.

Los ciudadanos pueden radicar sus denuncias, adjuntando las pruebas correspondientes, a través de la sede electrónica de la página web de la entidad o de manera presencial en cualquiera de las sedes regionales y provinciales del organismo de control en todo el país.


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