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Cúcuta
Tránsito de Cúcuta deberá ajustarse: ya no se sancionará a vehículos estacionados por SOAT o técnico-mecánica
Nuevas medidas de tránsito regirán en beneficio de los conductores.
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La opinión
La Opinión
Martes, 23 de Septiembre de 2025

El Consejo de Estado profirió un fallo que modifica la manera en que las autoridades de tránsito podrán aplicar sanciones relacionadas con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y la revisión técnico-mecánica.

Esta medida busca proteger a los ciudadanos de sanciones que anteriormente se imponían de manera administrativa, basándose únicamente en la información del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), sin que el vehículo estuviera circulando.

Con esta nueva normativa, las autoridades de tránsito ya no podrán emitir comparendos a un vehículo que se encuentre estacionado, a menos que el agente de tránsito tenga evidencia clara de que está en movimiento o de que el conductor se encuentra dentro, listo para circular. En el caso de las motocicletas, la multa solo procederá si el motociclista está sobre el vehículo.

Esta decisión limita de manera significativa la capacidad de Tránsito y de los concesionarios para imponer sanciones de forma remota, promoviendo un trato más justo y equitativo para los conductores. La medida ha sido bien recibida por la ciudadanía, ya que, como lo señaló el secretario de Tránsito y Transporte de Cúcuta, Joan Botello, el objetivo ahora es educar a los ciudadanos en lugar de sancionarlos.


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La Secretaría de Tránsito ha implementado diversas campañas para concienciar a los conductores sobre la importancia de tener la documentación en regla y del buen uso de las vías. Botello afirmó que el propósito no es perjudicar a los ciudadanos, sino que entiendan que, así como tienen derechos, también tienen deberes.

Este enfoque en la educación vial es fundamental, pues busca que quienes están al volante tomen conciencia de la responsabilidad que implica conducir un vehículo. Los agentes de tránsito ahora tienen la directriz de regirse por la nueva norma nacional, priorizando la constatación física de la infracción.

Es decir, para que un agente imponga una multa, debe contar con evidencia suficiente de que el vehículo está en marcha. Esto evita situaciones como las que describió Samir Contreras, veedor ciudadano de movilidad, en las que conductores eran sorprendidos con multas sin siquiera haber sacado sus vehículos de casa.

Sin embargo, es crucial recordar que la norma no exime a los conductores de sus responsabilidades. Si un vehículo es detenido en un retén y no tiene la documentación al día, la multa y la inmovilización seguirán siendo aplicables. Además, si el vehículo está mal estacionado en una zona prohibida, se podrá imponer un comparendo de aproximadamente $604.054, a lo que se sumarían los costos de la grúa. Esto enfatiza la necesidad de ser cuidadosos y responsables al momento de conducir.


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La decisión del Consejo de Estado ha sido aplaudida por muchos conductores. Argemiro Núñez, un conductor de la ciudad, afirmó que la iniciativa favorece a los ciudadanos y reduce los abusos por parte de las autoridades. Por su parte, Carlos Bernal, taxista del área metropolitana, la calificó como una “muy buena ley”, pues considera que con ella “no pagarán justos por pecadores”. Agregó que, si una persona transita sin la documentación al día, es correcto que se le imponga la multa, ya que la ley debe aplicarse a quienes la infringen de manera activa.

Esta nueva medida representa un cambio de paradigma, trasladando el foco de una sanción puramente administrativa a una verificación activa de la infracción en el momento en que ocurre. Con ello se benefician los conductores responsables y se promueve una relación más justa y transparente entre las autoridades de tránsito y la ciudadanía.


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