La Procuraduría dio concepto favorable a la exequibilidad de la norma que prohíbe las corridas de toros, novilladas, rejoneo, becerradas y tientas en Colombia, en un concepto enviado a la Corte Constitucional que estudia esa ley, sobre la que pesa una demanda.
Para el Ministerio Público "constituye una clara expresión de la libertad de configuración del legislador, en consonancia con los movimientos sociales, culturales y la jurisprudencia constitucional que proscribe el maltrato animal en todas sus dimensiones, armonizando los derechos individuales con el interés general, así como los mandatos de protección al medio ambiente, el deber de protección y bienestar animal derivado de la dignidad humana, y la función social de los derechos a la propiedad y los derechos adquiridos".
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Así lo señaló un aparte del concepto firmado por el procurador, Gregorio Eljah, que contribuye al debate jurídico entablado por la Corte Constitucional, tras la demanda contra la Ley 2385 de 2024 que prohíbe la tauromaquia en todas sus formas.
La norma fue demandada por Christian Garcés y Jerónimo Antía, quienes advirtieron en su escrito que la ley en cuestión vulneraba derechos como el acceso a la cultura, la libertad de expresión, el trabajo y la propiedad privada.
El 22 de julio del 2024 el presidente, Gustavo Petro, sancionó la ley que prohíbe las corridas de toros, en un acto público en el que le ofreció un plan de reconversión laboral a los trabajadores alrededor de la llamada "fiesta brava". La norma antitaurina empezará a regir a mediados de 2027.
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