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Salud
Ordenan a EPS brindar atención a paciente con síntomas posvacuna
La decisión se dio luego de que un paciente denunció que su EPS no lo atendió.
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Colprensa
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Lunes, 14 de Marzo de 2022

La decisión se dio luego de que un paciente denunció que su EPS no lo atendió de manera efectiva frente a los síntomas que ha tenido después de la aplicación de la vacuna Jansen. El demandante no solo presentó lo síntomas típicos que deja esta vacuna, sino que estos se agravaron de manera gradual a tal punto, de que ahora necesita ayuda para poder desplazarse.


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Dentro de las pruebas aportadas, se encuentra que la Nueva EPS se limitó a dar incapacidades médicas y que solo prescribió medicamentos para calmar los dolores. Sin embargo, no se le ordenó exámenes médicos para determinar la causa y el diagnóstico derivado de la vacuna contra el virus.

Ante esta omisión, el paciente tuvo que pedir atención domiciliaria a un servicio privado médico. Al ver la gravedad de sus síntomas, ordenaron remitirlo con urgencia a una clínica donde le realizaron varios exámenes que determinaron que el paciente presentaba varias enfermedades. Sin embargo, se desconoce si son producto de la vacuna.

Ante lo anterior, la Sala menciona que la entidad privada sí le ofreció el servicio integral que requería el paciente y que no exime a la EPS a que asuma su responsabilidad de la prestación del servicio.


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"Se hace indispensable amparar el derecho a la salud y se ordena a la Nueva EPS que le brinde la atención integral, ya que no basta con que le expidan incapacidades médicas, sin ni siquiera ordenar exámenes médicos que determinen el diagnóstico", dice el Consejo de Estado.

Negó, por otro lado, una petición del paciente quien sugirió crear un plan de acción que garantice el acceso integral y continuo al sistema de salud de las personas presuntamente afectadas por la vacuna, así como un seguimiento en cada caso. "Se declara falta de legitimación al reclamar los derechos fundamentales de las demás personas que presenten efectos adversos a la vacuna", dice la sentencia.

Aparte, la Sala Quinta, de lo Contencioso Administrativo indicó al demandante que tiene la posibilidad de dar a conocer su caso directamente al Consejo de Reacciones Adversas a la Vacuna contra el Covid-19 y que puede informar su queja también ante la Superintendencia de Salud.

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