Regular el horario en el que las entidades financieras hacen llamadas a sus clientes, es el propósito del proyecto de ley ‘Dejen de fregar’ que ya fue aprobado en primer debate.
El representante a la Cámara Juan Carlos Wills fue el ponente y aseguró que esta iniciativa protege el derecho a la intimidad de los colombianos ante entidades financieras y de cobranza.
“Las entidades financieras obligan, prácticamente, a las personas a recibir estas llamadas que no solamente vulneran ese derecho a la intimidad, sino que, además, acosan en la psicología de cada colombiano que llaman a cobrarle”, resaltó el representante en su ponencia frente a la Comisión Primera, la cual aprobó el proyecto de ley de forma unánime.
En concreto, el proyecto busca proteger el derecho a la intimidad de los consumidores financieros durante las horas no hábiles, los fines de semana y días festivos. Esto evitaría cualquier tipo de contacto vía mensajes de texto, mensajes de datos, llamadas telefónicas, correos electrónicos y similares, provenientes de las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera (SFC).
La propuesta fue aprobada por la Comisión Primera de la Cámara, pero para llegar a la sanción presidencial debe pasar por tres debates más.
“Este proyecto es muy sencillo, pero seguramente le va a cambiar la vida a mucha gente. Es un proyecto que tiene consenso porque estamos legislando en causa de los colombianos que las instituciones financieras dejen de estar fregando a los colombianos cobrando en momentos donde no deben estar cobrando”, concluyó Wills.
La indebida atención al consumidor representa el 11 % de las quejas presentadas ante las entidades vigiladas del Defensor del Consumidor Financiero y ante la Superintendencia Financiera.
En redes sociales, la incitativa ha tenido gran acogida, incluso, las personas han solicitado que se aplique la normativa para las empresas de telecomunicaciones.
El documento también destaca que “el incumplimiento de las medidas de protección de que trata la ley, se considerará práctica abusiva en los términos del artículo 12 de la Ley 1328 de 2009, y se sancionará”.
En detalle:
-El documento expone que las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera deberán contactar al consumidor únicamente los días hábiles, es decir, de lunes a viernes, en un horario establecido de 8 a.m. a 6 p.m.
-También se busca limitar el número de llamadas o mensajes que envían los bancos, aseguradoras, compañías de financiamiento o demás actores del sector.
-Además, el consumidor financiero no podrá ser contactado por más de dos canales durante una misma semana o por cualquier canal más de una vez al día. Las comunicaciones podrán ser exclusivamente a través de los canales proporcionados por el cliente.
-Así mismo, las entidades deberán abstenerse, salvo autorización escrita, de hacer visitas al domicilio o al lugar de trabajo del consumidor financiero o consultar al consumidor financiero el motivo del incumplimiento de la obligación.
-La única excepción es cuando los contactos con los clientes tienen como finalidad generar alertas sobre transacciones fraudulentas, inusuales o sospechosas.
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