Cuando la Ley 093 de 2019 entre en vigencia, cerca de 5.000 mujeres privadas de la libertad en diferentes centros penitenciarios de Colombia volverían a la libertad para hacerse cargo de sus hijos. Esa ‘segunda oportunidad’ es considerada por muchos expertos en derecho como un hito histórico para el sistema penal colombiano.
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Con dicha ley se modificará el Código Penal Colombiano para la liberación de las presas que son madres cabeza de familia (es decir mamás solteras que crían solas a sus hijos) siempre y cuando cumplan con algunos requisitos como: estar pagando una condena menor a los ocho años, demostrar condiciones de vulnerabilidad que la hayan empujado a cometer el delito, además de demostrar voluntad de cambiar su tiempo tras las rejas por trabajo comunitario, ejecutado en un tiempo no mayor a las 20 horas semanales.
Dicho eso, para varios abogados que ejercen en los juzgados de Cúcuta este proceso podría tener varias oportunidades para las convictas, no solo les dará la posibilidad de volver a estar con sus hijos, también de cambiar sus vidas y, primordialmente, pagar el resto de su condena lejos de los barrotes.
En Cúcuta, una fundación las apoya
Una funcionaria de Asofaminterccuc, la fundación que trabaja con mujeres privadas de la libertad en la Penitenciaria de Cúcuta, indicó que la ley es un paso para que la política carcelaria sea más humana. Y añadió que cuando se detienen mujeres cabeza de hogar, con hijos menores de edad, la condena también la sufren los infantes, argumentando que ellos ya no tendrán hogar, ya no tendrán a sus madres, para que los oriente, los eduque y los cuiden.
“Esperamos que no sólo se quede en papel y que los jueces cumplan, con tan importante labor que tienen frente a esta ley, siendo parte de reconstrucción de esta sociedad, en la cual es tan importante, el aporte y real reinserción social y la recomposición de la familia, como base central de la sociedad”, dijo la funcionaria.
¿Un mejor sistema carcelario?
Para Luis Martín Barrera, abogado especialista en Gerencia Social, que el presidente Gustavo Gustavo Petro haya sancionado (puesto la firma) en esa ley le da una iniciativa para que el sistema penal y carcelario colombiano evolucione.
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Para Barrera, en el país hay un atraso tecnológico y de proceso en esos sistemas, resaltando la falta de tecnologías para el análisis de evidencias en casos judiciales, además de diferentes tropiezos en los procesos jurídicos que afrontan las acusadas.
Según el litigante, es importante que el Estado le preste atención a ese tema, que podría ser una solución para diferentes problemáticas, pues se deja atrás la representación social de que para mejorar la sociedad hay que enviar a prisión a los delincuentes, por una perspectiva de cambio social.
“Si en el país se pusieran a trabajar a la población carcelaria en la reparación de vías, ejecución de obras, entre otros temas, sería sostenibles las cárceles porque con el dinero los presos costean su comida y otras necesidades, además que podríamos tener la infraestructura de países europeos”, señaló Barrera.
Los derechos de los niños
Para el abogado Jesús Humberto Jaimes lo importante es que las mujeres puedan hacerse cargo de los infantes. “De hecho, el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia contempla que ellos deben ser vistos por un adulto, siendo cuidados con amor, además deben tener una familia…”, comentó el experto en leyes.
Y añadió que se trata de una ley que reconoce las dificultades que afrontan las madres privadas de la libertad, además busca que los niños no sean separados de sus progenitoras y así tengan una buena crianza.
Esa normativa es una antesala para que las madres cabeza de hogar puedan cumplir su pena en lugares cercanos a sus hijos, recibiendo visitas frecuentes de parte del Instituto Nacional Penitenciario (Inpec), además de participar en programas de educación, formación laboral y atención médica, según Jaimes.
Ramón Ortega, abogado experto en derecho penal explicó que para las madres cabeza de hogar ya hay varios beneficios, que se han dado sin la necesidad de firmar una ley de ese calibre.
Ortega señaló que muchos jueces tienen en cuenta medidas sustitutivas, como la detención domiciliaria, a la hora de condenar a mujeres u hombres que son cabeza de familia, pues el derecho de los niños prevalece, es decir, si los condenados van a la cárcel no tendrán los medios para mantener a sus hijos.
“Importante que esa ley tenga claro que las mujeres no hayan cometido delitos que revistan gravedad ni las víctimas hayan sido menores de edad. Además, es un avance para el sistema carcelario que está a punto de colapsar por la sobrepoblación en centros penitenciarios”, dijo.
David Quintero, quien es abogado especialista en Derecho de Familia, indicó que desde el contexto familiar les da una segunda oportunidad a las mujeres que cometieron un error, pero tienen hijos que dependen de ellas. “Eso contribuye a que tanto la madre como el hijo puedan disfrutar sus vidas juntos y en especial la adolescencia, en la cual la experiencia vivida por la madre le servirá para guiar a sus hijos”, explicó Quintero.
Y agregó que desde el punto de vista normativo para la Ley 1098 de 2006 el fin es que los niños tengan un desarrollo dentro del seno de una familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, por eso es importante que las convictas estén al lado de sus hijos en todo momento.
Las trabas que tuvo esta ley
Esa iniciativa cumple cuatro años de ser propuesta, ya que originalmente vio la luz en 2019 cuando pasó sin problemas los cuatro debates necesarios para ser aprobada. No se había vuelto realidad debido a objeciones del expresidente Iván Duque por sancionarla (ponerle la firma).
Por eso el proyecto tuvo que pasar por la revisión de la Corte Constitucional con el objetivo de verificar si la negativa del anterior mandatario era válida y, por ende, la nueva ley debía descartarse.
Tras hacer esta revisión, la Corte anunció en 2022 que la ley no tenía ningún vicio en su interior para ser aprobada, por lo cual fue devuelta al Congreso y, de ahí, fue remitida al actual presidente, quien decidió firmarla.
¿Cómo solicitar la libertad?
Las madres cabezas de hogar que deseen recobrar la libertad para reunirse con sus hijos deberán contactarse con su abogado de confianza o el de oficio, según el caso, para que esa persona adelante un derecho de petición ante un juez del circuito penal de la ciudad en la que la mujer esté presa, para que la nueva ley sea efectiva.
Un consejo es que las mujeres tengan listos documentos como las actas de nacimiento de sus hijos y documentación relacionada al proceso por el cual fue encarcelada, esto de cara a los procesos administrativos que deberá adelantar para acogerse a esa ley.
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