Escrito de acusación
Una vez la Fiscalía formuló la imputación, presentó ante el juez de conocimiento el escrito de acusación en contra del dirigente político, con el que buscan definir los hechos con base en los que se le imputan cargos al acusado.
La Fiscalía entrega el escrito de acusación, ya que los elementos materiales probatorios, evidencia física e información legalmente obtenida, se infiere, con probabilidad de verdad, que la conducta delictiva existió y que el imputado fue un autor o partícipe. Así lo dispone el Artículo 336 del Código de Procedimiento Penal vigente.
Terminada la audiencia, el juez correrá traslado del escrito de acusación a las demás partes.
La Fiscalía, defensa, ministerio público y víctimas pueden establecer alguna causal de impedimentos, incompetencia, recusaciones o nulidades.
La impugnación de la competencia será conocida por el superior jerárquico del juez de conocimiento. Este deberá resolver de plano dentro de los tres días siguientes al recibido de lo actuado.
Además, podrán expresar sus observaciones sobre el escrito de acusación, para que el fiscal lo complemente, aclare, corrija o adicione.