Este jueves 10 de abril, el ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, hizo un anuncio sobre las acciones que tendría el estado en caso de que los padres de familia se nieguen a vacunar a sus hijos menores de edad, teniendo en cuenta el aumento de caso de fiebre amarilla en Colombia.
“Todo niño o niña, adolescente, todos los menores de 18 años, la plata potestad es del Estado, si hay alguna negación por parte de algún padre o madre para vacunar al niño, intercede el Bienestar Familiar”, señaló el ministro durante una intervención que fue transmitida por Noticias Caracol.
Para exponer su punto de vista, el funcionario se refirió a un alcalde, quien durante una jornada de vigilancia de la vacunación, evidenció que algunos padres de familia se negaban a vacunar a los menores, hecho que no dejó pasar por alto y decidió tomar medidas.
“¿Qué hizo él? Formular ante la comisaría de familia, la solicitud de que los niños tienen que ser vacunados. Pero yo no creo que eso es un número muy pequeño, pero entender que la potestad sobre los niños menores de edad es del Estado, y que ante una enfermedad, y un posible contagio de fiebre amarilla, es fundamental que el Estado proteja al niño", agregó el funcionario, haciendo énfasis en el deber del estado con la prevención de enfermedades en el país.
ICBF se pronuncia sobre decisión de MinSalud
Tras las declaraciones del Ministerio de Salud, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) ha señalado que el Estado tiene la obligación de garantizar el derecho fundamental a la salud y la seguridad social de los menores de edad del territorio colombiano, así como de la supervivencia y el desarrollo de las niñas, niños y adolescentes.
Conozca: Cancillería confirmó la muerte de una colombiana en tragedia de la discoteca Jet Set en República Dominicana
Es por eso que la entidad ha señalado este jueves que todos los padres deben hacer cumplir este derecho y que quienes se nieguen a la vacunación, estarían poniendo en riesgo su derecho a la salud.
En ese sentido, las entidades del Sistema General de Seguridad Social en Salud deberán orientar a las familias y sensibilizarles sobre la importancia de autorizar el procedimiento médico.
Cabe mencionar que las entidades mencionadas deberán brindar la información suficiente para que un menor de edad pueda decidir, cuando su desarrollo y madurez lo permite, la aplicación de la vacuna, teniendo en cuenta el principio de autonomía progresiva para el consentimiento informado.
El ICBf establece un mutuo acuerdo con los padres de los menores para la vacunación de los menores de edad y, luego de esto, los equipos del instituto proceden a vacunar a los menores.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion .