La Corte Constitucional falló a favor de una adolescente indígena de la comunidad wayuu que perdió el año escolar y terminó abandonando sus estudios tras reprobar únicamente la asignatura de inglés, al considerar que el colegio vulneró sus derechos fundamentales al no tener en cuenta que para ella el castellano ya era una segunda lengua y el inglés representaba una barrera desproporcionada que ignoraba su identidad cultural.
La historia se centró en Remedios, una joven de 16 años que salió de su resguardo rural para estudiar el bachillerato en la Institución Educativa Cedros, un colegio público ubicado en la zona urbana del municipio de Bosque, en La Guajira. Durante el año lectivo 2024, la estudiante aprobó todas las materias del plan de estudios, excepto inglés, lo que provocó que la institución decidiera que debía repetir todo el grado séptimo.
La familia de la menor, representada por su prima Yuliana, intentó explicar al colegio que la joven enfrentaba un reto doble: ella hablaba wayuunaiki como lengua materna y había aprendido español hace apenas cinco años. Por lo tanto, el inglés no era una segunda lengua para ella, sino una tercera, lo que aumentaba la dificultad del aprendizaje. Pese a que Remedios intentó aprender, su arraigo cultural y la falta de apoyo específico hicieron que reprobara la materia.
Esta situación generó una desmotivación en la estudiante, quien sintió que fracasó en su intento de educarse fuera de su comunidad. Como resultado de la decisión del colegio de hacerla repetir el año, Remedios optó por retirarse y quedó desescolarizada por voluntad propia, regresando a su comunidad.
Lea aquí: Noche de Velitas dejó 172 quemados con pólvora en Colombia: ya son 8 casos registrados en Cúcuta
Durante el proceso judicial, se revelaron detalles sobre cómo el colegio percibió a la estudiante. La rectora de la institución y la profesora de inglés argumentaron que la niña tenía un comportamiento "retraído" y que evitaba relacionarse con sus compañeros y docentes, lo que influyó en su evaluación. Incluso, la docente llegó a citar a la acudiente para preguntar si la niña tenía algún problema psicológico o cognitivo por ser tan callada.
Sin embargo, la Corte Constitucional analizó las pruebas y encontró contradicciones. Los boletines de notas mostraban que Remedios tenía un comportamiento calificado como "alto" o "superior", y que era respetuosa y cumplía las normas. El alto tribunal concluyó que el colegio confundió la timidez natural de una niña indígena que llega a un entorno urbano desconocido con una falta de interés o problemas de actitud.
La Sala Segunda de Revisión, con ponencia del magistrado Juan Carlos Cortés, explicó que la institución educativa actuó con estereotipos y sin un enfoque diferencial. Al tratar a Remedios exactamente igual que a los demás estudiantes, el colegio ignoró que ella provenía de una cultura distinta y que su silencio no era rebeldía, sino parte del choque cultural de llegar a la ciudad.
El fallo fue contundente al señalar que exigirle a Remedios aprobar inglés para pasar el año fue una medida "desproporcionada". La Corte explicó que, si bien aprender una lengua extranjera es un objetivo importante de la educación, en este caso se convirtió en un obstáculo que sacó a la niña del sistema educativo.
Los magistrados destacaron que Remedios ya es bilingüe, pues domina el wayuunaiki y el castellano, dos lenguas oficiales en Colombia. Por lo tanto, obligarla a dominar una tercera lengua bajo las mismas condiciones que sus compañeros monolingües violó su derecho a la igualdad y a la etnoeducación.
La sentencia ordenó a la Institución Educativa Cedros que contacte a la estudiante y le ofrezca la posibilidad de regresar a clases. Lo novedoso de la decisión es que la joven tendrá el poder de elegir: podrá decidir si quiere ver la clase de inglés con un plan de apoyo especial o si prefiere ser totalmente eximida de esa materia. Si elige no verla, el colegio no podrá reprobarla por ello y deberá garantizar su promoción al grado octavo.
Conozca: Noche de Velitas dejó 172 quemados con pólvora en Colombia: ya son 8 casos registrados en Cúcuta
La Corte también lanzó una fuerte advertencia a las autoridades educativas. Señaló que es preocupante que un colegio en La Guajira, donde la presencia del pueblo wayuu es notoria, no tenga estrategias para enseñar a los niños indígenas y alegue falta de normas para hacerlo.
El tribunal le dio dos meses al colegio para que diseñe e incorpore en su modelo educativo pautas claras para atender a estudiantes de grupos étnicos, asegurando que se respeten sus costumbres y su lengua. Además, ordenó a la Secretaría de Educación de La Guajira acompañar este proceso para asegurar que ningún otro niño indígena pierda el año o abandone el colegio por razones similares.
Finalmente, el magistrado Vladimir Fernández salvó parcialmente su voto. Aunque estuvo de acuerdo con proteger a la niña, consideró que eximirla de inglés podría ser excesivo, argumentando que el Estado debe garantizar que los indígenas también aprendan lenguas extranjeras, pero con el apoyo adecuado y sin que esto les cueste su permanencia en el colegio.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion