“La tasa superior al 5,5% de los bonos en dólares es de los más altos de la región, al igual que la tasa en pesos colombianos superior al 12,5%, por lo que el desplome que usted (Petro) menciona es una mentira. En conclusión, Colombia sigue pagando tasas de interés supremamente altas por el desorden fiscal y el derroche en gasto que usted le ha traído a Colombia”, puntualizó.
Advertencias sobre el control constitucional
El jefe de Estado también advirtió que un eventual fallo adverso en la Corte Constitucional podría revertir los avances logrados. A su juicio, si se priorizan los intereses de los oligopolios y monopolios privados, el costo de la deuda podría dispararse nuevamente hasta niveles de insostenibilidad.
Petro aseguró que el razonamiento económico presentado a la Corte Constitucional se basa en datos reales y demuestra la corrección de la decisión. Incluso planteó que el Ministerio de Hacienda debería profundizar la estrategia de recomprar deuda cara por deuda más barata, con el fin de fortalecer la sostenibilidad fiscal antes de que, según él, la presión de los grandes grupos económicos debilite la emergencia.
Aquí vale anotar que el Decreto 1474 de 2025 introduce cambios relevantes en el sistema tributario:
Impuesto al Patrimonio: se reduce el umbral a partir del cual se causa, fijándolo en $2.095 millones, con tarifas progresivas según el patrimonio líquido.
Sector financiero: aumento de la sobretasa en el impuesto de renta, elevando la carga total al 50%, y obligación de realizar anticipos con base en el año gravable 2025.
Hidrocarburos y carbón: impuesto del 1% sobre ventas o exportaciones y limitación al descuento de regalías en renta durante 2026, con excepciones puntuales.
Consumo: IVA del 19% para licores, vinos, aperitivos y apuestas en línea; aumento del impuesto al consumo de motocicletas y embarcaciones de recreo; reducción de la exención de IVA para compras por internet desde el exterior a envíos de hasta US$50.
Cigarrillos: establecimiento de un valor fijo por cajetilla.
Lea aquí: EE. UU. congela visas de inmigrante: ¿a quiénes afecta y qué pasa con turismo, estudio y negocios?
El decreto también contempla una amnistía tributaria temporal y faculta a la Dian para conciliar procesos tributarios, aduaneros y cambiarios.
Críticas técnicas y cuestionamientos jurídicos
Pese a la defensa presidencial, expertos como Juan Sebastián Torres, de BDO Colombia, y el tributarista Julio César Leal sostienen que la emergencia enfrenta serios riesgos legales.
Leal considera que el decreto tiene pocas posibilidades de superar los controles constitucionales, al no existir —en su opinión— un hecho verdaderamente extraordinario e imprevisible.
“El Ejecutivo está creando impuestos cuando esa es una función del Congreso. La emergencia, más que real, parece diseñada para aumentar el gasto”, señaló Leal, quien calificó la reforma como antitécnica, al no estar sustentada en estudios de capacidad de pago ni en análisis de impacto inflacionario.
Entre los pocos aspectos positivos, Leal destaca la normalización de activos, que permitiría a contribuyentes declarar activos omitidos y pasivos inexistentes, aunque considera excesiva la tarifa del 19%.
En cuanto a los impuestos al consumo o “impuestos al vicio”, expertos y gremios advierten que, si los recursos no se destinan a salud pública, el efecto puede ser contrario al esperado, incentivando el contrabando y fortaleciendo economías ilegales.
La Federación Nacional de Departamentos y los 32 gobernadores del país rechazaron el incremento del impuesto al consumo, al considerar que vulnera la autonomía fiscal territorial y pone en riesgo la financiación de sectores como salud, educación y deporte.
Por su parte, la Asociación de Empresas de Productos Alternativos Libres de Combustión (Alterpro) alertó que nuevos impuestos desproporcionados podrían debilitar la industria legal y fortalecer el mercado ilegal, en un contexto de alta informalidad y contrabando.
La emergencia económica ha generado efectos inmediatos en los mercados financieros y, según el Gobierno, ha contribuido a estabilizar el costo de la deuda pública. No obstante, el debate jurídico, las críticas técnicas y el rechazo de regiones y sectores productivos evidencian que el verdadero impacto de estas medidas se definirá en los tribunales y en su efecto sobre la economía real.
El futuro del Decreto 1474 de 2025 dependerá del control constitucional y de la capacidad del Gobierno para demostrar que la emergencia no solo fue eficaz, sino también necesaria, proporcional y ajustada al orden constitucional.
Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en http://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion.