A trabajar perros si no se quieren morir”, fue la frase que Jorge Antonio Ordoñez, habitante de Tablón de Gómez, Nariño, tuvo que escuchar las cuatro veces que fue secuestrado por la extinta guerrilla de las Farc, entre junio, agosto y noviembre de 2001 y febrero de 2002.
Apoya a La Opinión haciendo clic aquí: http://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion
“Me llevaron a trabajar en una vía que comunica el departamento de Nariño y Putumayo. Nos tenían trabajando forzadamente, sin tomar agua, ni comida”, recuerda Ordoñez, con la voz entrecortada.
Pero lo peor, según su relato, era la forma en que los trataban, “nos decían puros madrazos, trabajábamos desde las seis de la mañana hasta las cinco y media de la tarde, la comida nos las daban en una caneca plástica de cinco galones, nos tocaba tomar agua de los estancos y nos tocaba dormir sentados y cuando por fin nos dejaban ir nos daban una hora para perdernos, porque nos decían que si nos veían nos mataban”.
Le puede interesar: Solo queremos saber algo de él: esposa de soldado secuestrado
Esta es solo una de las desgarradoras historias, que hicieron que esta semana la Sala de Reconocimiento de Verdad, de Responsabilidad y de Determinación de los Hechos y Conductas de la Jurisdicción Especial Para la paz (JEP), acogiera un Concepto de la Procuraduría y determinará que “la imposición de trabajos forzados por parte de las víctimas durante el cautiverio constituyó el crimen de lesa humanidad de esclavitud”. ¿Por qué estas entidades creen que se pudo haber configurado este delito?
Crueldad
En un auto de 99 páginas, la Sala de Reconocimiento explicó que las FARC obligaron a varias de las víctimas a realizar trabajos forzados a su favor durante su cautiverio, en primer lugar como parte de sus dinámicas de control social y territorial, donde los Bloques Oriental, Caribe, Noroccidental, Occidental, Magdalena Medio y Sur, obligaron a las personas a “conducir canoas, carros o camiones y para atender heridos en combate, entre otros servicios. Por ejemplo se identificaron dos casos de privaciones de la libertad como castigo o para imponer trabajos como limpiar caminos y carreteras”, dice.
Lea también: A la cárcel siete detenidos por robo a fundidora de oro en Medellín
Por su parte el Bloque Sur cometió estos actos, según la JEP, para financiar la organización armada. “Se reportaron trabajos forzados para prestar servicios de salud, recolectar madera, abrir caminos en la selva, transportar remesas y ayudar en la construcción de vías y puentes”.
Además la Sala determinó que las Farc no expidieron órdenes respecto del trato dado a los cautivos, más allá de la afirmación genérica de “buen trato”.
¿Pero por qué esto es calificado como esclavitud?
Para responder esta pregunta, primero se tiene que entender que la esclavitud, según el Estatuto de Roma, significa ejercer atributos del derecho de propiedad sobre una o más personas o imponer sobre ellas algún tipo similar de privación de la libertad.
Este último elemento se refiere a que “la imposición de trabajos forzados o la reducción de una persona a una condición civil, corresponde a la imposición de algún tipo similar de privación de la libertad según la Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud, de 1956. Adicionalmente, la CPI ha señalado que la imposición de trabajos forzados constituye el ejercicio del atributo del derecho de propiedad”.
Además: Exigencia del carné de vacunación es un tema serio: Minsalud
Ante esta definición la Sala explicó, de acuerdo con la solicitud efectuada por la Procuraduría, que las Farc sí impusieron trabajos forzados a las víctimas durante su cautiverio, porque se tienen los casos para probarlo.
En este sentido, concluyó la sala, “la imposición de trabajos forzados a las víctimas durante su cautiverio fue un hecho grave pero aislado en sí mismo, en el sentido que no conforma un patrón independiente. Sin embargo, sí hizo parte del ataque sistemático y generalizado en contra de la población civil, ya que la imposición de trabajos forzados por algunos comandantes, como la de otros malos tratos, se derivan precisamente de la vulnerabilidad y sometimiento del cautivo a la voluntad del comandante y de la guardia que resultaba de la política de privaciones de la libertad”, dice el auto.
Farc rechaza esta calificación
Los firmantes del Acuerdo Paz rechazaron esta calificación y expresaron: “Hemos reconocido con sinceridad que estos hechos, por su gravedad, son crímenes de guerra y de lesa humanidad”.
Entérese: Casos de aborto en Colombia: el 33% se complican
Además dijeron que: “En nuestra respuesta al Auto 019, reiteramos el reconocimiento del dolor que causamos a las víctimas, al privarlas de su libertad y atentar en contra de su dignidad; someter a sus familias al sufrimiento por la incertidumbre del paradero de sus allegados, y haber truncado sus proyectos de vida”.
“Por todas estas razones y porque está en juego la dignidad de quienes firmamos, estamos cumpliendo lo pactado en el Acuerdo y hemos tomado conciencia de nuestros errores, no compartimos que las conductas que ya hemos reconocido y que afectaron la dignidad de los secuestrados sean ahora calificadas como esclavitud. Sería faltar a la verdad y quedar en deuda con la historia permitir que se imponga la narrativa de que las Farc fue una organización esclavista”.
Finalmente, en el comunicado, los miembros del ex grupo guerrillero afirmaron que mantienen la voluntad de reconocimiento, “pese a las adversidades y los incumplimientos del Estado en la implementación del Acuerdo”.
*Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en: http://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion