Mediante la resolución expedida el 13 de enero de 2026, la Trigésima Brigada del Ejército Nacional ordenó la suspensión del porte de armas de fuego y armas traumáticas en todo el departamento de Norte de Santander, medida que estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.
La disposición rige desde las 00:00 horas del 13 de enero y se aplica en los 40 municipios del departamento, incluido Cúcuta y su área metropolitana, como parte de las acciones orientadas a preservar el orden y la seguridad ciudadana.
De acuerdo con la resolución, la suspensión no cobija a algunos sectores específicos, entre ellos el personal activo de la Fuerza Pública, veteranos, reservistas y funcionarios de alto nivel del Estado, así como autoridades judiciales, fiscales y de control.
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También se mantienen las excepciones para empresas de vigilancia y seguridad privada, escoltas autorizados, transportadores de valores, deportistas y coleccionistas de armas debidamente acreditados, siempre que cumplan las condiciones establecidas.
El documento señala que entidades como la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría, la Contraloría, el INPEC, la Unidad Nacional de Protección, Migración Colombia y la Dirección Nacional de Inteligencia, podrán portar armas sin necesidad de trámites adicionales, siempre que los permisos estén expedidos a nombre de la entidad correspondiente.
Las autoridades militares y de policía serán las encargadas de velar por el cumplimiento de la medida. Quienes incumplan la restricción y porten armas sin autorización podrán enfrentar sanciones y el decomiso del arma, conforme a lo establecido en la normatividad vigente.