La Opinión
Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Política
Niegan demanda de pérdida de investidura contra el concejal Oliverio Castellanos
Al dirigente de Cambio Radical le reprochaban una actuación cuando fue presidente del Concejo de Cúcuta.
Authored by
Image
Lucy Araque
Lucy Araque
Martes, 13 de Agosto de 2024

En el Tribunal Administrativo de Norte de Santander no prosperó la demanda mediante la cual buscaban que se decretara la pérdida de investidura del concejal por Cambio Radical, Oliverio Castellanos, por hechos ocurridos durante su paso por la presidencia de la corporación municipal, en 2022.


Le puede interesar: Arrancó la temporada de declaración de renta y ya la página de la Dian está caída


El demandante, Julio César Pérez Colmenares, alegaba que Castellanos había incurrido en una indebida destinación de dineros públicos, toda vez que desde su posición en la mesa directiva ordenó el reconocimiento y pago de honorarios de sesiones a las que no habían asistido algunos concejales.

En ese sentido, pedía que se decretara su ‘muerte política’, al estar incurso en una clara transgresión de la ley.

Sin embargo, al analizar el caso y las pruebas presentadas durante el proceso, los magistrados encontraron que el concejal de Cambio Radical no incurrió en la causal que se le reprochaba, “por cuanto la conducta asumida en los hechos endilgados no comporta la identidad suficiente para determinarse como culpa grave o dolo”.

En la sentencia de primera instancia se advierte que aunque Oliverio Castellanos reconoció, mediante resolución, honorarios al entonces concejal Nelson Ovalles por la asistencia a una sesión en la que definitivamente no estuvo, según la certificación expedida por la Secretaría General del Concejo, para la Sala, no existe un patrón repetitivo que indique una conducta sistemática y un proceder malintencionado.


Lea también:¿Busca empleo? Organizan feria en Cúcuta con más de 1.000 vacantes


De esa manera, el Tribunal le dio la razón a la defensa del concejal, a cargo del abogado Armando Quintero, quien había manifestado durante sus alegatos que en este caso no se estructuraba de forma alguna la existencia de un actuar “doloso o gravemente culposo” que conllevara a una decisión tan drástica, como lo era la pérdida de la investidura.

Si bien la Sala advierte que es reprochable que el demandado haya reconocido los honorarios del concejal Ovalles Agudelo, sin que se haya comprobado su asistencia a esa sesión, no se avizoran las circunstancias que permitan inferir un actuar doloso o gravemente culposo del demandado, por cuanto el examen de las pruebas allegadas no permiten señalar que el concejal José Oliverio Castellanos haya incurrido de manera reiterada o periódica en la conducta endilgada”, concluyó el Tribunal Administrativo.


Lea además: Cucuteños aspiran a hacer sus prácticas en instituto que tuvo relación con la NASA


No obstante que la demanda fue negada, los magistrados ordenaron compulsar copias a la Procuraduría y la Fiscalía, con el fin de que se determine si el error cometido durante el reconocimiento de un día de honorarios a uno de los concejales ausente tiene trascendencia disciplinaria o fiscal y penal.


Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion

Temas del Día