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Ocaña
Sin efecto sanción por desacato del alcalde de Ocaña
El primer mandatario ya cumplió con el arresto en el Segundo Distrito de la Policía.
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Javier Sarabia Ascanio
Javier Sarabia
Martes, 3 de Diciembre de 2024

La Sala Penal de Decisión del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta dejó sin efecto la sanción interpuesta por desacato a una tutela al mandatario de Ocaña, Emiro Cañizares Plata, quien ya pagó los tres días de arresto en el Segundo Distrito de la Policía.

En contra del funcionario se adelanta un proceso debido a la posesión de nuevos empleados dentro del Concurso de Méritos adelantado por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

La tutela determina el pago de una multa y reintegrar a las trabajadoras obligadas a ceder los cargos ocupados en la estructura administrativa. 

El fallo del alto tribunal establece que las actuaciones realizadas están ajustadas al derecho y declara-entre otras- que el Juzgado Segundo Penal municipal viola el debido proceso del mandatario y de terceras personas.


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El fallo del alto tribunal establece que las actuaciones realizadas están ajustadas al derecho y declara-entre otras- que el Juzgado Segundo Penal municipal viola el debido proceso del mandatario y de terceras personas.

El Tribunal Superior de Cúcuta revoca la medida de desacato en contra del alcalde de Ocaña.
Instancias  superiores

El magistrado ponente José Herrera procedió a resolver la acción de tutela interpuesta por Cañizares Plata en contra de los juzgados Primero y Segundo Penal municipal de Ocaña por la presunta vulneración de sus derechos fundamentales al debido proceso y defensa; al haber impuesto por éste último una sanción por desacato el pasado 5 de noviembre de 2024 y, confirmada mediante providencia del 8 de noviembre de 2024.

El alto Tribunal en la parte resolutiva tutela los derechos invocados por el alcalde de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva de la providencia.


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Ordena tanto al Juzgado Segundo Penal Municipal y Primero Penal del Circuito de Ocaña o quienes hagan sus veces que, en el término improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la sentencia de tutela, procedan a dejar sin efecto las decisiones de la sanción y consulta proferidas el pasado 5 y 8 de noviembre de 2024, respectivamente, en contra de Cañizares Plata dentro del trámite de desacato.

El Tribunal Superior de Cúcuta revoca la medida de desacato en contra del alcalde de Ocaña.
El proceso está vivo

Lumar Sierra,  asesor jurídico externo de la administración municipal, manifestó que falta mucha tela por cortar.
“El Tribunal considera que no hubo incumplimiento y revoca esa medida ahora pasa a un juez de conocimiento para que rehaga la actuación del alcalde teniendo en cuenta las consideraciones: No tenía disponibilidad de cargos de acuerdo a los intereses de las tutelantes”.

Además, “se ofreció la contratación por Órdenes de Prestación de Servicios, OPS, rechazadas por las accionantes”, recalcó.


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También la vinculación al proceso a la Comisión Nacional del Servicio Civil quien desarrolló el concurso. Analizar igualmente las valoraciones de carácter común de las empleadas.

El profesional del derecho comprobó la imposibilidad de cumplir con el fallo de tutela ya que podría cometer prevaricato. 

“No puede violar la estabilidad laboral de una persona derivada de un nombramiento de la Comisión Nacional. Falta esperar porque el proceso está vivo”, agrega el abogado defensor.
 

El Tribunal Superior de Cúcuta revoca la medida de desacato en contra del alcalde de Ocaña.
Actuación en derecho 

La secretaria jurídica, abogada Marcela Ascanio Angarita, afirmó que el Tribunal Superior de Cúcuta profirió un fallo donde se indica, entre otras cosas que, las medidas por el Juzgado Segundo Penal municipal desbordaron las interpretaciones pues las consideraciones nunca fueron tenidas en cuenta.

“Se actuó en derecho y defensa de sus intereses y de las terceras personas que eventualmente podrían verse afectadas por el incidente de desacato donde nunca se tuvo en cuenta las múltiples manifestaciones de la administración municipal donde se explicaba que no teníamos una vacante disponible para proveer o que no existía la probabilidad jurídica para dar cumplimiento a ese fallo. 


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Sin embargo, el juez decidió declarar el desacato y en consecuencia dar la orden del arresto del señor alcalde”.

Agregó que “en estos momentos adelantamos todas las acciones jurídicas, se nos dio la razón venimos actuando en derecho y de conformidad como la norma indica, precisó.

Autoridad  correspondiente 

Sobre un presunto prevaricato asegura que no son los competentes para decidir la acción u omisión del juzgado penal y la autoridad correspondiente dará claridad al respecto. 


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El Tribunal Superior de Cúcuta revoca la medida de desacato en contra del alcalde de Ocaña.
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