En Colombia los tiempos previstos en la Ley para definir y pagar una pensión aplican para cualquier entidad pagadora de pensiones. Para el caso del reconocimiento de pensiones de invalidez y vejez, se cuenta con un plazo de 120 días para su reconocimiento y de 180 días para realizar el pago. En el caso de las pensiones de sobrevivencia, el término para el reconocimiento es de 60 días y de 180 para el pago.
Para reconocer un beneficio pensional, la entidad administradora de pensiones a la cual se encuentra afiliado el trabajador, debe realizar un proceso previo denominado Conformación de Historia Laboral, el cual consiste en verificar el historial de vinculaciones laborales del afiliado, sus ingresos salariales, el número de semanas cotizadas al Sistema General de Pensiones, los rendimientos generados si está en un Fondo Privado y el bono pensional cuando se tiene derecho a este, con estos datos se establece el beneficio pensional que corresponde.
Según el Fondo de Pensiones y Cesantías Porvenir, los afiliados que estén a menos de dos años de tramitar su beneficio pensional deben iniciar el proceso de preparación de requisitos para que se pueda definir a tiempo el reconocimiento del beneficio pensional.
Tenga en cuenta estos consejos para que sea más ágil el proceso de conformación de la historia laboral y el reconocimiento del beneficio pensional:
1. Tenga al día su historia laboral, pues este documento reúne toda la información de las vinculaciones laborales y la relación de los ingresos salariales con los que el trabajador ha realizado sus aportes al Sistema de Pensiones. Con la historia laboral se determina el tipo y monto del beneficio pensional. Entre más semanas cotizadas, mejor será su beneficio pensional.
2. Si encuentra inconsistencias o períodos de aportes pensionales faltantes en su historia laboral, debe reportarlo a su fondo de pensiones con el fin de adelantar el proceso de reconstrucción de historia laboral. En el caso particular de los afiliados de Porvenir pueden hacerlo a través de la página web en la sección de actualización de la historial laboral.
3. Con el proceso completo y la aprobación de la historia laboral por parte del afiliado, se obtendrá el reconocimiento y pago del bono pensional, el cual hará parte del capital para financiar la prestación correspondiente.
Si su beneficio pensional es una garantía de pensión mínima o una devolución de saldos, la radicación del trámite debe hacerse cumplida la edad de pensión. Si se trata de una pensión por capital, el afiliado puede hacer la solicitud en cualquier momento.
4. Revise la consistencia de los datos personales. Es común encontrar diferencias entre el registro civil de nacimiento y el documento de identidad. Por eso es importante que los afiliados revisen que estén correctos los datos básicos. Diferencias entre ellos puede adicionar tiempo y trámites al afiliado.
5. Reúna con tiempo los documentos que le solicita su administradora de Pensiones, así se van adelantando las gestiones operativas necesarias para que cuando llegué el momento de hacer la solicitud de pensión, se radiquen los documentos completos y se defina y pague la pensión en el menor tiempo posible.