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Economía
Se cayó el decreto que autorizaba el cierre de estaciones de servicio en Norte de Santander
Bajo ese decreto, la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía clausuró temporalmente 48 estaciones de servicios en 15 municipios de la región, en febrero.
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Leonardo Oliveros
Leonardo Favio Oliveros
Sábado, 12 de Julio de 2025

La Corte Constitucional tumbó el Decreto 132 del 5 de febrero de 2025, emitido por el Gobierno en el marco del Estado de Conmoción Interior, debido a la crisis del Catatumbo (Norte de Santander), y mediante el cual se adoptaban medidas de orden público sobre los combustibles.

El alto tribunal declaró inexequible el texto, por “no contar con la firma de todos los ministros, a pesar de que así lo exige la Constitución y la Ley Estatutaria de los Estados de Excepción”.


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La institución recordó que el documento permitía el cierre temporal de las estaciones de servicio (EDS) y la limitación o suspensión temporal de la comercialización y distribución de combustibles líquidos, de las guías de transporte, de gas licuado de petróleo (GLP) y de gas combustible por redes.

Bajo ese decreto, la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, en cabeza de su director Adwar Moisés Casallas, clausuró temporalmente 48 estaciones de servicios en 15 municipios de la región, en febrero, por “inconsistencias en la georreferenciación de algunas estaciones”.

Para el presidente de la Fundación XUA Energy, Julio César Vera, lo fundamental del fallo es que se da un mensaje al Gobierno nacional sobre que las decisiones se deben tomar no solo desde la buena intención y propósito, como lo era esta medida, la cual pretendía controlar la ilegalidad y uso de la infraestructura del sector energético para fines inadecuados, sino también tener un estricto rigor legal y normativo.


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Vera destacó que esos decretos se deben emitir acordes con la regulación general sectorial y las facultades de ley sobre el particular, se surtan los procedimientos, se expidan los documentos de soporte, los análisis requeridos y los procesos de consulta.

Mejor que se cree una ley

“Dada la importancia de este tipo de normas para el control y supervisión en algunas zonas del departamento, y que sería igual aplicable a otras regiones del país, el Gobierno debería promover una ley ordinaria en el Congreso, que establezca facultades permanentes y no extraordinarias sobre el particular y que siga todos los procesos de rigor requeridos al respecto”, añadió el experto.

El ingeniero de Petróleos recalcó que ese es un camino un poco más demorado y  tortuoso en alguna medida, pero garantiza contar con una legislación estable y consolidada.


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El presidente de la Fundación XUA Energy dijo que con la decisión de la Corte, se pierden, por ahora, elementos de control muy importantes sobre las posibles acciones ilegales que se puedan presentar en ciertas zonas.

Julio César Vera insistió en que sería prioritario que el Gobierno promueva urgentemente la expedición de una ley clara, precisa y contundente sobre el control a los combustibles y que no adolezca de vacíos legales y normativos.

La directora ejecutiva de la Asociación de Estaciones de Servicio de Norte de Santander (Asesnort), María Eugenia Martínez, afirmó que el Gobierno debe revisar muy bien con sus jurídicos cada decreto o documento antes de emitirlo, porque las medidas que se implmenten sobre los combustibles pueden generar efectos negativos en la población.

Martínez destacó que, más allá del cierre por pocos días de las EDS, “el decreto no incidió mucho en el sector”.


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