La Federación Nacional de Productores de Carbón (Fenalcarbón) presentó una demanda de nulidad contra el Decreto 0572 del 28 de mayo de 2025, ante el Consejo de Estado, y solicitó la suspensión provisional inmediata de la medida que fija el aumento de las tarifas de autorretención en la fuente para el año gravable 2025.
Para el gremio que lidera su presidente ejecutivo Carlos Cante, no es jurídicamente admisible que el Gobierno fundamente el aumento de la tarifa de autorretención en la extracción de hulla en consideraciones derivadas de la Sentencia C-489 de 2023, sobre deducibilidad de regalías, cuando esta no guarda relación directa con los fundamentos técnicos que deben guiar la estructuración de las tarifas de autorretención en renta.
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Para Fenalcarbón, el decreto vulnera e infringe algunas leyes y principios constitucionales, como el de la capacidad contributiva, al imponer una carga fiscal desproporcionada respecto de la capacidad económica real de los contribuyentes del sector, cuando se ha documentado la contracción de precios internacionales, la caída de márgenes operativos y el aumento de costos estructurales en el sector, sin que el Gobierno haya demostrado técnicamente la correspondencia de la tarifa del 4,50% con la realidad económica de la industria.
"El incremento de la tarifa, constituye una medida que desconoce la capacidad contributiva real de las empresas, generando un efecto de confiscación indirecta de recursos que afecta su liquidez, su competitividad y su sostenibilidad operativa”, explicó Carlos Cante.
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El líder gremial afirmó que la medida es regresiva, desproporcionada e inequitativa frente a otros sectores y carente de sustento económico actual, por lo cual resulta contraria a los principios generales del sistema tributario colombiano y a los estándares mínimos de técnica legislativa y administrativa en materia tributaria
“Esta medida altera el equilibrio financiero de las empresas, generando inviabilidad a muchas compañías de mediano y gran tamaño, y a la quiebra prematura de la pequeña minería. Para los empresarios del carbón, constituye un trato inequitativo y desproporcional, frente a la tasa promedio de autorretención del 1,7% para la mayoría de las actividades económicas, sin olvidar que esta industria tributa por encima de la tasa de general de renta”, recalcó Cante.
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El presidente de Fenalcarbón recordó que esta industria tiene una sobretasa en renta de 5 a 10 puntos adicionales, que asfixian su desempeño operativo y financiero, lo cual atrapa el flujo de caja, restringe capital de trabajo para operar en el corto plazo y afecta la continuidad de las operaciones formales.
Finalmente, dijo que el Decreto 0572 genera un endeudamiento progresivo del Estado, sin la debida autorización y trámite legislativo, violando así la regla fiscal establecida para garantizar la sostenibilidad de las finanzas públicas, y contraria a los principios generales del sistema tributario colombiano y a los estándares mínimos de técnica legislativa y administrativa en materia tributaria.
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