Si usted solicitó un crédito para comprar vivienda, vehículo, realizar estudios o adquirió un bien o servicio mediante un préstamo, pero con el tiempo no pudo seguir cumpliendo con las cuotas, podría solicitar la prescripción de esa deuda.
De acuerdo con datos de la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras (Asobancaria), en Colombia, aproximadamente, 15 millones de personas tienen deudas y, aunque estos créditos les permiten a muchos mejorar su calidad de vida, para algunos, terminan siendo impagables con el pasar del tiempo.
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El abogado especialista en Derecho Procesal de Integrity Legal, Fernando Cristancho, indicó que la prescripción extintiva, contemplada en el artículo 2535 del Código Civil, impide que un acreedor (el prestamista) pueda exigir el pago de una deuda, una vez haya transcurrido el tiempo establecido sin que se realice una acción judicial por parte de este.
Cristancho explicó que, dependiendo del tipo de obligación, los plazos de prescripción varían, porque son tres años para títulos valores como pagarés y letras de cambio, cinco años para acciones ejecutivas y diez años para acciones ordinarias.
“La prescripción extintiva permite garantizar la seguridad jurídica, evitando que las obligaciones se mantengan indefinidamente en el tiempo sin ser exigidas por el acreedor. Sin embargo, si un acreedor presenta una demanda antes de que la prescripción se cumpla, el plazo se interrumpe y se le otorga un año para notificar al deudor, si no lo hace dentro de ese periodo, la prescripción sigue su curso”, añadió el abogado.
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El jurista manifestó que la prescripción se puede solicitar en una demanda presentada por el deudor o cuando el acreedor haya presentado un proceso ejecutivo.
A continuación, se presentan los pasos a seguir para ejercer su derecho a la prescripción de deudas, con el fin de evitar cobros injustificados y proteger su historial crediticio.
¿Cómo solicitar la prescripción?
- Verificar si la deuda ya prescribió. Los tiempos de prescripción son: diez años para obligaciones comerciales y civiles, tres años en caso de deudas con bancos y entidades financieras, cinco años cuando se trata de impuestos nacionales y tres años para comparendos de tránsito.
- Obtener pruebas de la inactividad del acreedor. Asegúrate de que el acreedor no haya interrumpido la prescripción mediante acciones legales o cobros judiciales. Revisa frecuentemente tu correo electrónico o verifica la página web de consulta de procesos.
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- Redactar una solicitud formal. La carta debe incluir datos personales del deudor (nombre, cédula, dirección, teléfono y correo), información detallada de la obligación (tipo, número de contrato o referencia), fundamento legal que respalde la prescripción y petición expresa de eliminación de la deuda en los registros del acreedor. Asegúrese de no incurrir en un reconocimiento de la obligación para lo cual se recomienda asesorarse de un abogado.
- Enviar la solicitud al acreedor o entidad financiera. La petición debe enviarse por correo certificado o presentarse directamente en la entidad correspondiente. Si la deuda está reportada en centrales de riesgo (Datacrédito o TransUnion) se debe enviar copia a estas instituciones, con el fin de procedan con la actualización de la información.
- Esperar respuesta y, si es necesario, presentar un reclamo. Las entidades tienen un plazo de 15 a 30 días para responder. Si la respuesta es negativa o no la hay, se puede acudir a la Superintendencia Financiera de Colombia (para bancos) o a la Superintendencia de Industria y Comercio (para centrales de riesgo).
- Acciones legales, si es necesario. En caso de negativa injustificada e inclusive si no hay respuesta, el deudor puede interponer una acción de tutela y demandar la prescripción ante un juzgado civil. Tenga en cuenta que si la obligación es significativa y si la entidad se niega a reconocer la prescripción es mejor buscar la ayuda de un experto para iniciar dicho trámite.
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