Las doce familias que en 1994 recibieron tierras del extinto Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Incora), las cuales pagaron cumplidamente, no llegaron a imaginarse que 30 años después el mismo Estado que se las entregó está ahora a punto de dejarlos en la calle.
Aquel año fue a través de la reforma agraria que a estas familias les adjudicaron mediante resolución del Incora parcelas para que vivieran en ellas y ganaran su sustento de su explotación.
Henry Chía, el jefe de hogar de una de las familias favorecidas de estas tierras, contó a La Opinión, con documentos en mano, que una vez fue notificado como beneficiario de la tierra acudió a las oficinas del Incora y allí le entregaron la resolución 01051 del 13 de julio de 1994, con lo cual quedó protocolizada su propiedad en notaría bajo escritura #1337 del 30 de julio del mismo año y registrada en instrumento público bajo el folio de matrícula 260-0023170.
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En 1994 esto mismo ocurrió con las restantes 11 familias que fueron distribuidas en parcelas en un predio llamado La Palma, de 120 hectáreas, localizado en la vereda Agualasal, jurisdicción rural de los municipios de Cúcuta y El Zulia. Todas le presentaron a esta casa editorial las copias originales de las respectivas resoluciones con las que el Incora, que hace 30 años era una entidad del Estado, los hizo propietarios de la tierra que les entregó.
La mayoría de las familias se dedicó al cultivo del arroz, otras a productos de pan coger, como el maíz, la yuca, el plátano, limón, etc. Ninguna era propietaria de tierras, lo cual las hizo acreedoras del beneficio que les entregó en 1994 el Estado.
La medida cautelar
La paz en que vivieron las 12 familias se vino a alterar 30 años después y fue justo cuando Chía acudió a la oficina de Instrumentos Públicos por un certificado de Libertad y Tradición de su parcela.
“Quedé estupefacto cuando empecé a leer el certificado y observé que tenía una casilla en la que se leía que tenía una medida cautelar de protección jurídica del predio, es decir, alguien estaba reclamando como suya mi parcela”, relató Chía.
La noticia de la medida cautelar corrió como pólvora de parcela en parcela y fue cuestión de horas para que todos la confirmaran en sus respectivos certificados de Tradición y Libertad. Había alguien que bajo el tenor de la Ley de Restitución de Tierras las estaba reclamando.
Y el misterio empezó a invadir las mentes y corazones de los 12 propietarios de parcelas allá en Agualasal. “Resultaba increíble la noticia, pues llevamos 30 años explotando estas parcelas, lapso en el que nadie nos hizo un reclamo, ni siquiera por rumor”, dijo Jaime Carrillo Paloma, otro de los beneficiarios de parcela.
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Las 12 familias le dijeron a La Opinión que han tratado de indagar quién está tras sus propiedades. Ellos denuncian que no les han hablado claro en la Unidad de Restitución de Tierras. “A nosotros no se nos ha manifestado ni dado a conocer en detalle aspectos del proceso”. Conocemos porque un compañero nuestro que tramitaba un certificado de Tradición y Libertad de su parcela se encontró con la sorpresa que tenía una anotación con medida cautelar, es decir, en un proceso jurídico, entonces fue cuando descubrimos que nuestros predios estaban solicitados en restitución de tierras”, remarcó Carrillo. La medida cautelar apareció desde noviembre de 2022.
Pero sumada a la preocupación que les trajo la medida cautelar, los propietarios de las parcelas en Agualasal denunciaron que esa sola anotación que les aparece en los certificados de tradición y libertad les está acarreando bloqueos a quienes estaban tramitando préstamos en los bancos para acceder a ellos. “Incluso las relaciones comerciales con las empresas con las que trabajamos con arroz, sobre todo con el acceso a insumos, nos los tienen frenados por la medida cautelar”, dijo José Ignacio Chía, otro beneficiario de tierra.
Llamado al Presidente Petro
Lo que estamos solicitando al presidente Gustavo Petro es a que intervenga y revise lo que está acarreando la Ley de Restitución de Tierras, así como la actuación de la Unidad regional de Restitución de Tierras, porque se va a cometer una injusticia con nosotros, porque nosotros pagamos al Estado las tierras que nos adjudicó, nosotros no invadimos ni nos metimos por la fuerza en donde vivimos desde hace 30 años, fue El estado mismo el que nos dio las tierras, precisó Chía.
Este beneficiario denunció que se les está violando el debido proceso, “dado que se adelanta un proceso para quitarnos las tierras y ni la Unidad de Restitución de Tierras, ni nadie nos ha informado qué está pasando. Lo que todos tememos en Agualasal es que nos lleguen una mañana 300 policías a sacarnos a la fuerza de nuestras propias parcelas”, dijo Carrillo.
Los agricultores aseguran que se está llevando un proceso que no es correcto y, en este sentido, invitan a la Unidad de Restitución de Tierras a que investigue bien cómo fue que nos vendieron y adjudicaron nuestras tierras, de las cuales poseemos documentos de propiedad legítimos.
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El proceso se adelanta en un juzgado de Cúcuta y se encuentra en la primera fase ante la Unidad Regional de Restitución de Tierras, que es la entidad que debe aportar el visto bueno en torno a si los ocupantes están en posesión de tierras de manera legal o ilegal.
El silencio de la Unidad nos tiene preocupados porque ya conocemos casos en los que a los propietarios actuales de las tierras los han despojado a la fuerza, lo cual no queremos que se repita con nosotros porque fue el Estado el que nos vendió y adjudicó las tierras donde vivimos hace 30 años, insistió Chía.
No es nuestra misión expropiar: Unidad de Restitución de Tierras
La Dirección Territorial de la Unidad de Restitución de Tierras confirmó a La Opinión que en este despacho se adelanta un proceso de restitución de tierras sobre un predio denominado “La Palma” asociado al ID 1090869. Pero tanto en éste como en cualquier otro proceso de restitución la finalidad no es la de “despojar”, por el contrario, su función principal es la de estudiar aquellos casos que por situaciones del conflicto armado, distintas personas se vieron obligadas a abandonar o perdieron su vínculo con los predios. Este estudio concluye con una decisión administrativa de inclusión o no en el Registro de Tierras.
El director de esta unidad, Mauricio Jesús Carreño Jácome aclaró que en etapa judicial, es el juez quien decide sobre las personas que actualmente ocupan el inmueble, ya sea reconociéndolos como compradores de buena fe, segundos ocupantes o ninguna de las anteriores.
Ante la preocupación de los actuales propietarios del predio la Palma, que afirman que fue el Estado el que les entregó las tierras y 30 años después es el mismo Estado el que se las quiere despojar, Carreño insistió en responder que la Unidad de Restitución de Tierras no despoja, sino que estudia precisamente este fenómeno que acaeció en el territorio colombiano.
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“Ahora, fue el legislador el que contempló los diversos escenarios en que ocurrió este fenómeno, por ejemplo, hay despojo material, jurídico por negocios de compraventa, administrativos a través de resoluciones del Incora o Incoder y también judiciales, como sentencias de pertenencia, entre otros. Entonces, todo este escenario se evalúa con detenimiento, no podría referirme ante lo lógico del tema, porque si el legislador lo incluyó es porque hay lugares donde eso ocurrió y para eso existe el trámite administrativo, para estudiar, recopilar las pruebas y llegar a la verdad.”, puntualizó el director de la Unidad de Restitución de Tierras.
Ante la eventualidad de que esta entidad conceptúe como válida la restitución del predio La Palma a sus presuntos dueños, que pasaría con las 12 familias que recibieron del mismo Estado sus tierras. Habrá indemnización, porque ellas aseguran haber pagado por las tierras. Carreño respondió que esos son temas que deberá evaluar el juez de restitución competente, a través de la sentencia que corresponda.
Dijo que es preciso explicarle a la gente que el proceso de restitución comprende dos grandes etapas, la primera de ellas es la administrativa y finaliza con el acto de inclusión antes mencionado. La segunda, la adelanta el juez de restitución y allí es donde las personas que se crean con algún derecho o vínculo con el predio deberán concurrir, hacerse parte como opositores y aportar las pruebas que consideren necesario. Por ejemplo, el artículo 97 de la ley habla sobre el tema de las compensaciones para aquellos opositores que probaron la buena fe exenta de culpa.
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El funcionario añadió que en la actualidad el proceso de restitución en su Unidad se está culminando la etapa probatoria y la idea es poder tomar una decisión en el transcurso del año siguiente.
A la pregunta de quién estaba detrás de las tierras de las 12 familias campesinas de Agualasal, Carreño respondió que por temas de reserva y confidencialidad de la información no es posible brindar los nombres de los reclamantes de restitución, conforme el Decreto 1071 de 2015 e incluso la jurisprudencia constitucional y de la Corte Suprema de Justicia.
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