La Opinión
Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Columnistas
La gestión del desarrollo urbano
Cúcuta, como la mayoría de ciudades colombianas, exhibe unas agudas asimetrías territoriales, reflejo de la disparidad en la distribución del ingreso y acceso a las oportunidades.
Authored by
Lunes, 14 de Junio de 2021

La expedición de la Ley 9 de 1989 (de reforma urbana), antecesora directa de la ley 388 de 1997, se configura como un primer estatuto de planeación y de regulación del mercado del suelo y da al país por primera vez un marco normativo que establecía mecanismos de planeación territorial, imponiendo parámetros al desarrollo de la propiedad privada. En 1991, se expide la Constitución Política y se crea el viceministerio de Vivienda, Desarrollo urbano y agua potable y posteriormente, en articulación con el primer plan nacional de desarrollo en los términos de la nueva constitución se expide una nueva política urbana que desde el gobierno central apostaba por la construcción de un proyecto de ciudad fundado en la complejidad integrando sus múltiples dimensiones.

La Ley 388 de 1997 (de ordenamiento territorial), abarca una serie de herramientas e instrumentos para que, desde el gobierno municipal, se concreten mejores condiciones urbanas y humanas a partir del ordenamiento del territorio, la adecuada gestión del suelo, mediante el establecimiento de mecanismos de financiación del desarrollo físico (participación en plusvalía y contribución de valorización). Producto de la implementación de esta normativa, Cúcuta aprueba su primer Plan de Ordenamiento Territorial en el 2001, con una posterior modificación excepcional en el 2011, 2 ajustes en el 2012 y una revisión ordinaria en el 2019, que en ultimas han demostrado pocos resultados, producto de la falta de seguimiento, control e implementación.

Cúcuta, como la mayoría de ciudades colombianas, exhibe unas agudas asimetrías territoriales, reflejo de la disparidad en la distribución del ingreso y acceso a las oportunidades. Las dramáticas imágenes de los últimos años, agudizadas por la pandemia COVID, el paro y un gobierno central ajeno a la realidad del país, remiten una vez más a la necesidad del papel fundamental del ordenamiento del territorio, la gestión del suelo y la planificación física en la reducción de los desequilibrios.

El ordenamiento del territorio y la gestión del suelo no pueden ser entendidos solamente como elementos técnicos que reglamentan usos, tratamientos y zonificaciones respecto al contexto físico del municipio. Consiste ante todo en un acuerdo político que consagra la función pública y social del urbanismo para lograr mejores condiciones de vida a partir de la materialización del derecho a la ciudad.

La actual situación de la ciudad, exige mas que nunca, la implementación de los mecanismos de financiación del desarrollo urbano. EL POT no se puede entender solo como un marco que asigna normas que van a generar desarrollo inmobiliario. También impone obligaciones y es la del Estado en ser participe de los incrementos del suelo que se generan por los cambios normativos, incrementos o plusvalía que no puede ser apropiada totalmente por el propietario del suelo. Según lo establece la Ley 388/1997 los municipios participan en un rango de entre 30% hasta el 50%, los cuales tendrán una destinación especifica a compra de predios para VIS/VIP, inversión en infraestructuras viales, de servicios públicos domiciliarios, áreas de recreación y equipamientos sociales para la adecuación de asentamientos urbanos en condiciones de desarrollo incompleto, espacio público y sistemas de transporte masivo, así como en programas de renovación urbana.

De esta forma, se puede concretar la construcción colectiva de la ciudad, que apunta a una visión compartida del futuro urbano, donde no se inhibe el desarrollo inmobiliario y sus beneficios económicos, sino que se concretan las responsabilidades de los agentes urbanos de manera solidaria y el Estado se hace responsable de cumplir con su papel regulador del mercado, el cual no se regula solo.

(*) Arquitecto, Esp. Planificación Urbana y Regional, MG GESTIÓN URBANA.
arquitecto.jas@gmail.com http://tallerciudad08.blogspot.com/

 

Temas del Día