En Banco de Arena hay una pequeña estación de Policía ubicada en la calle principal de este corregimiento de Cúcuta. El lugar se asemeja más a una casa a la que se le reforzaron sus muros, pero no parece tener las condiciones mínimas para el resguardo de los uniformados. El 30 de junio de este año murió el patrullero Henry Castillo Gaona por un disparo de un francotirador cuando se encontraba vigilando desde una de las garitas.
Justo detrás de la pequeña estación hay una cancha de microfútbol donde los estudiantes de la Escuela Rafael García Herreros juegan en las horas de descanso y educación física. Y detrás de esa cancha está ubicada la escuela. Vista desde arriba, la cancha de recreo está en la mitad de la estación de Policía y de los salones de clases.
Este año, además del asesinato del patrullero Castillo Gaona, la estación ha sido objeto de varios hostigamientos en horario de clases. Durante uno de esos hostigamientos, había un grupo de estudiantes en la cancha y otros estaban en los salones de clases. Las familias cuentan que en medio del cruce de disparos los estudiantes salieron corriendo del lugar a buscar algún refugio.
Se dice que el predio donde está la cancha y la escuela le pertenece a la fuerza pública y que por esa razón fue ubicada en ese lugar. Más allá de quién sea el propietario del terreno, lo cierto es que la cercanía de la estación de Policía con la escuela genera un enorme riesgo que debe ser atendido con urgencia por las autoridades locales y nacionales.
El principal riesgo es la probabilidad de que los niños, niñas y adolescentes que estudian en la escuela expongan su vida al querer asistir a clase. Prevenir este tipo de riesgos implica que las autoridades den aplicación a lo establecido en el Protocolo II de los Convenios de Ginebra (Ley 171 de 1994), el cual establece el principio de distinción como una de las medidas mínimas para proteger a la población civil. Esto implica que las partes en conflicto deben distinguir entre las personas combatientes y evitar cualquier ataque a los civiles.
Podría argumentarse en contra diciendo que quienes realizan estos ataques son los grupos armados ilegales que hacen presencia en la región y, por lo tanto, el riesgo lo generan terceros al margen de la ley. Esto es cierto. Sin embargo, también es cierto que las instalaciones físicas de la Policía en este sector específico del corregimiento (en la mitad de la calle principal de Banco de Arena) generan una carga desproporcionada para los habitantes y los estudiantes, pues tienen que soportar eventos de hostigamientos por su cercanía con este lugar.
En Norte de Santander ya había ocurrido un caso semejante en el corregimiento Las Mercedes de Sardinata. Allí un grupo de personas iniciaron una acción de tutela por la cercanía entre instalaciones de la Policía con la escuela. La Corte Suprema de Justicia decidió que, dadas las particularidades de ese lugar y el historial de ataques a la fuerza pública en el que la población quedaba a merced del fuego cruzado, era necesario reubicar la estación de Policía en un lugar donde no constituyera un peligro para la población civil, especialmente la infantil.
Cuidar a la población, especialmente a los niños, niñas y adolescentes, también implica protegerlos de los riesgos que se asumen al querer estudiar en medio del conflicto armado.
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