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Contribución de Norte de Santander al desplazamiento forzado
La cifra total de víctimas del conflicto armado en Colombia llegaba a los (9.943.287), de las cuales (8.861.715) son víctimas de desplazamiento forzado.
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Viernes, 30 de Mayo de 2025

El 23-may-2025 consulté el Registro Único de Víctimas (RUV) del cual es responsable la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UAEARIV), en coordinación con otras autoridades.

La cifra total de víctimas del conflicto armado en Colombia llegaba a los (9.943.287), de las cuales (8.861.715) son víctimas de desplazamiento forzado. En una simple regla de tres entonces el 89,12% de las víctimas en Colombia lo son por este específico hecho dañino y lamentablemente nuestro departamento es un actor principal en este flagelo.

Según el Informe de desplazamiento forzado del Observatorio de la Unidad para las Víctimas, en el primer semestre del año 2024 desde el Norte de Santander se contribuyó con un 6,2% al total de desplazamientos de ese periodo; en otros términos, participamos de la estadística con un aproximado de (4.298) víctimas, lo cual nos ubicó en el deshonroso sexto lugar entre los 32 departamentos, solo superados por el Valle del Cauca, Nariño, Cauca, Antioquia y Bolívar. Otro dato que sorprende es que de nuestros 40 municipios en el 75% hubo ocurrencia de desplazamientos forzados; en otros términos, en solo 10, supuestamente, no se presentaron coacciones que obligaran a que una persona o grupo o multitudes salieran de su tierra hacia otro lugar del territorio departamental o nacional.

El desplazamiento forzado en Colombia ha sido calificado como un estado de cosas inconstitucional (ECI), el cual no se ha logrado hacer cesar siquiera con declaratoria de estado de conmoción interior para una parte del territorio, tal como ocurrió con el pasado DECRETO LEGISLATIVO Nro 0062, del 24-ene-2025, vigente hasta su levantamiento el 23-abr-2025 mediante DECRETO 0467. En aquel decreto y como parte de sus presupuestos fácticos se indicó que a corte del 21-ene-2025 los desplazamientos forzados desde distintos municipios del departamento se contaban en (16.482) personas y allí uno de los fundamentos para la declaratoria de ese estado de excepción. El dato es sorprendente ya que es claro que en tan sólo 21 días del mes de enero del año 2025 se había cuadruplicado el número de víctimas de todo el primer semestre del año 2024 y el cuestionamiento no puede ser otro: ¿dónde está el Estado?

En efecto, la Corte Constitucional hace más de 10 años hizo esa declaratoria formal del ECI y esta es la fecha en que no sabemos cuándo cesa, pasa uno y otro intento o proceso de paz como gobierno gana una elección y el contador de la UAEARIV no se detiene en su magnitud. También es curioso que en aquella norma que decretó “Levántese el Estado de Conmoción Interior declarado…” nada se motivó sobre esa estadística de víctimas (16.482) que lo justificó ni sobre su situación de garantía de derechos, a no ser que haya sido hecho notorio el conjuramiento de esa causa y la expansión de sus efectos, lo cual estaría pasando desapercibido para este columnista. Cabe preguntarse: ¿realmente se habrá garantizado la atención del impacto sobre la población afectada por la grave perturbación del orden público?

Sin duda la problemática es estructural y es claro que el levantamiento de la conmoción interior en un segmento del Norte de Santander no se correspondió con su solución definitiva ni con el establecimiento de una política real de prevención de posibles coacciones que impulsen, en lo sucesivo, que personas salgan desplazadas de nuestro departamento para que no seamos más un territorio expulsor de población en la magnitud en la que el año 2025 está mostrando.

Finalmente, debe señalarse que el desplazamiento forzado está siendo un problema que no ha podido ser resuelto ni podría ser resuelto por el juez constitucional ni por las entidades territoriales, luego, el orden nacional desde el poder ejecutivo es el llamado a dar soluciones definitivas. El quiebre de los principios del Estado de Derecho, legalidad y tridivisión de poderes lo demandan, aunado a la promesa de los fines esenciales del Estado declarados en la Constitución.

diegoymezabogado@gmail.com


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