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Colombia
Magistrado Jorge Enrique Ibáñez se declaró impedido en caso de la Emergencia Económica
El alto tribunal enfrenta controversia interna tras la declaración de impedimento del magistrado en medio de revisión de decretos.

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Colprensa
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Sábado, 24 de Enero de 2026

En uno de los debates jurídicos más relevantes de los últimos meses, el presidente de la Corte Constitucional, magistrado Jorge Enrique Ibáñez Najar, presentó este viernes ante sus colegas una manifiesta solicitud de impedimento para participar en las discusiones y decisiones relacionadas con los decretos del Estado de Emergencia Económica y Social decretado por el Gobierno nacional a finales de 2025. La determinación ahora será objeto de análisis por parte de la Sala Plena del alto tribunal.

El documento, radicado formalmente para conocimiento de los demás ocho magistrados, se produjo pocas horas después de que la Presidencia de la República, presentara una recusación contra el togado, argumentando que sus declaraciones públicas podrían afectar la imparcialidad del proceso.

Motivos y alcance del impedimento planteado por Ibáñez

En su escrito, Ibáñez explicó que se considera impedido debido a que, en su calidad de presidente de la Corte, concedió entrevistas a diversos medios en las que abordó aspectos del procedimiento de revisión de los decretos de emergencia y el control automático de constitucionalidad. Aunque sostuvo que sus intervenciones fueron de carácter pedagógico y ajustadas a sus funciones institucionales, reconoció que esas explicaciones podrían ser interpretadas como un concepto sobre la materia que ahora debe decidir la Corte.


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El impedimento se refiere específicamente a los expedientes RE-387 y RE-388, en los cuales se examinan el Decreto 1390 del 22 de diciembre de 2025, que declaró la emergencia económica, y el Decreto 1474 del 29 de diciembre de 2025, que adoptó medidas tributarias asociadas a dicha declaratoria.

La causal invocada por Ibáñez está prevista en el artículo 25 del Decreto 2067 de 1991, que contempla como motivo de impedimento el hecho de que un magistrado “ha conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada”.

Proceso en la Corte y posibles efectos

La Sala Plena de la Corte Constitucional será la encargada de decidir si acoge o no la solicitud del magistrado. Hasta tanto ese fallo se adopte, los términos procesales de los expedientes relacionados con la emergencia económica quedan suspendidos, lo que podría retrasar el avance del estudio del caso.

La recusación planteada por el Gobierno, liderada por el secretario jurídico de la Presidencia, sostiene que incluso explicaciones de carácter institucional pueden comprometer la apariencia de imparcialidad exigida en procesos de alta relevancia constitucional.


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Este caso se desarrolla en medio de una intensa discusión jurídica sobre el alcance de las facultades del Ejecutivo en materia económica y fiscal, tras la declaración de emergencia y la adopción de impuestos y medidas urgentes sin la vía del Congreso. Distintos magistrados han planteado incluso la posibilidad de suspender provisionalmente los efectos del decreto mientras se decide su constitucionalidad de fondo.

La decisión de fondo de la Corte Constitucional sobre la emergencia económica tendrá importantes implicaciones para la política pública, el equilibrio de poderes y la estabilidad normativa en el país.


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