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La Corte Suprema descubre que magistrados usaron inteligencia artificial para justificar un fallo
El alto tribunal anuló la decisión de los magistrados de Sincelejo tras descubrir que usaron párrafos inexistentes para justificar el archivo de una demanda y advirtió sobre el riesgo de no verificar la información.
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Colprensa
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Jueves, 13 de Noviembre de 2025

La Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto una providencia del Tribunal Superior de Sincelejo tras comprobar que los magistrados de esa corporación utilizaron citas jurídicas falsas y párrafos inventados por una inteligencia artificial para justificar la terminación de un proceso ejecutivo lo cual violó el debido proceso de la ciudadana demandante.

El origen de esta controversia judicial se remonta a una demanda para el cobro de un dinero en la que Irma del Socorro Chadid Urueta figuraba como demandante contra Dina Paola Encina; el caso tuvo un momento crítico el 11 de julio de 2024 cuando ambas partes radicaron documentos el mismo día pero con pocas horas de diferencia.

A las 9:37 de la mañana de ese día la demandante solicitó el embargo de unos dineros de la contraparte ante la Alcaldía de Sincelejo con la intención de mover el proceso, sin embargo, a las 3:08 de la tarde de esa misma fecha la demandada pidió que se declarara el desistimiento tácito que es una sanción legal que termina el pleito cuando este permanece inactivo por dos años.

Aunque inicialmente el Juzgado Primero Civil del Circuito de Sincelejo negó la terminación del proceso y prefirió ordenar el embargo del dinero, el caso escaló al Tribunal Superior de Sincelejo que en segunda instancia revocó esa decisión el 25 de agosto de 2025 y ordenó archivar el expediente argumentando que ya había pasado el tiempo límite.


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Párrafos fantasmas y citas falsas

El problema central detectado por la Corte Suprema radicó en la justificación que usó el Tribunal para cerrar el caso pues en su fallo citó supuestos textos textuales de las sentencias STC4734-2025 y STC13560-2023 de la Corte Suprema para sostener que cualquier actuación hecha fuera de tiempo no servía para salvar el proceso.

La demandante, al revisar el fallo, notó que esas frases no existían y acudió a una acción de tutela alegando que el Tribunal sustentó su decisión en jurisprudencia que no era real; al realizar el cotejo la Corte Suprema se llevó la sorpresa de que los textos entrecomillados por el Tribunal de Sincelejo eran inexistentes y no aparecían en ninguna parte de las sentencias originales.

La Corte explicó que el contenido real de las sentencias citadas era totalmente diferente a lo que el Tribunal escribió y que las frases transcritas por los magistrados de Sincelejo no correspondían ni al sentido ni a la literalidad de los fallos verdaderos, lo que constituyó una falta de motivación en la decisión judicial.

En su pronunciamiento la Corte Suprema de Justicia aprovechó para recordar a todos los jueces del país su deber de verificar rigurosamente las fuentes que utilizan pues los ciudadanos confían en que las decisiones judiciales se basan en leyes y reglas reales y no en invenciones.

El alto tribunal trajo a colación advertencias recientes de la Corte Constitucional sobre el uso de herramientas tecnológicas y explicó que la falta de verificación puede llevar a que los jueces incluyan en sus sentencias datos falsos o "alucinaciones" producidas por inteligencia artificial sin ningún tipo de control humano.


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La sentencia subrayó que no es admisible que bajo la excusa de la eficiencia o la descongestión judicial se incorporen argumentos contrarios a la realidad, pues esto rompe la confianza en la administración de justicia y afecta gravemente los derechos de las personas involucradas en el litigio.

La orden de la Corte

Debido a la gravedad del error la Corte Suprema de Justicia concedió el amparo solicitado por Irma del Socorro Chadid y ordenó dejar sin efecto inmediato el auto del 25 de agosto de 2025 que había cerrado el caso.

En consecuencia el Tribunal Superior de Sincelejo tendrá un plazo máximo de 48 horas para volver a resolver el recurso de apelación, esta vez basándose en argumentos jurídicos veraces y revisando las particularidades del caso concreto sin usar las citas inventadas.

Finalmente se ordenó al Consejo Superior de la Judicatura y a la Escuela Judicial Rodrigo Lara Bonilla difundir esta decisión a través de sus canales de comunicación para que todas las autoridades judiciales del país conozcan el caso y eviten cometer este tipo de errores en el futuro.


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