El Juzgado Veinticuatro Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Bucaramanga condenó, en primera instancia, a 72 meses de prisión a Luis Fernando Reyes Meza, reconocido cirujano estético, por el delito de violencia intrafamiliar agravada.
De hecho, el tribunal señaló, en el fallo condenatorio, que Reyes Meza incurrió de varias formas y de manera sostenida en la conducta punible. “Se trató de un maltrato sistemático y reiterado de violencia en contra de su exesposa y de una conducta que lesiona la armonía de la familia y la unidad de sus miembros”, añadió el juzgado en la sentencia.
Así las cosas, en el fallo fueron consideradas las pruebas y los testimonios que Adriana Lizeth Vargas Uribe suministró, de la mano del abogado César Augusto Vargas, a la justicia.
Una de las pruebas más decisivas en este proceso fue el episodio de violencia específico ocurrido el 15 de octubre de 2015 en su residencia en Bucaramanga.
“La levantó casi hasta su pecho, la estrujó, rompió el teléfono y la tiró en la cama, todo esto presenciado por su hija, quien se le lanzó encima de ella, empieza a llorar y a decirle a su papá ‘que parara’. Adriana menciona que estos hechos fueron grabados por las cámaras de seguridad que Luis Fernando había instalado en la casa para vigilarlas y que llamó a sus padres a contarles y enviarle a su progenitora la grabación del video por si le pasaba algo, lo pudiera llevar a la Fiscalía”, añadió la sentencia.
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Por otro lado, Adriana Vargas manifestó que quien entonces era su esposo la explantó, es decir, le quitó los implantes mamarios, porque ella empezaría a trabajar en un hotel reconocido de la ciudad. Bajo el argumento de que lucía como una prostituta, él la obligó a someterse a este procedimiento para autorizar su nuevo empleo.
“Él me quitó los senos. Él me mutiló los senos prácticamente en esa cirugía y yo inicié mi primer trabajo en el hotel. El primer día, yo llegué a la casa después de la inauguración del alojamiento; él me golpeó, me dio patadas, me dio puños”, contó Adriana.
Teniendo en cuenta estos testimonios y las pruebas enviadas al despacho, el juzgado también fue enfático en señalar que Luis Fernando Reyes Meza no accederá al beneficio de prisión domiciliaria.
“No tendrá derecho a la suspensión condicional de la ejecución de la pena ni a la prisión domiciliaria como sustitutiva de la intramuros ni a ningún otro beneficio, por expresa prohibición del artículo 68 A del Código Penal, al estar el delito de violencia intrafamiliar enlistado dentro de dicha restricción”, añadió.
Además, concluyó que “una vez en firme esta determinación, deberá purgar la pena en el establecimiento que designe el Inpec”.
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