Por considerar que no se encontraron los requisitos probatorios para demostrar la falta que le achacaban, el Tribunal Administrativo de Norte de Santander decidió negar las pretensiones de una demanda mediante la cual se pedía decretar la pérdida de investidura del diputado liberal Rafael Cáceres.
Lea aquí:
El lugar donde todo comenzó vibró de emoción
El dirigente fue demandado recientemente por Duván Alfonso Contreras Bonilla, quien argumentaba que Cáceres habría incurrido en una presunta destinación indebida de dineros públicos, al aprobar la Ordenanza 017 del 19 de diciembre de 2016, mediante la cual se autorizó al contralor de la época hacer modificaciones a la planta de personal de ese órgano, a través de una resolución que posteriormente fue anulada por el Tribunal.
El demandante alegaba que, con su actuación, el diputado “aplicó recursos a materias prohibidas injustificadas y no necesarias”, razón por la cual había méritos para que se decretara su muerte política.
Sin embargo, al revisar el caso y los elementos aportados durante el proceso, los magistrados concluyeron que, de conformidad con la jurisprudencia del Consejo de Estado, “no toda irregularidad que pueda predicarse de la orden que implique gasto, configura esta causal de pérdida de investidura”.
“Es claro que el análisis allí realizado, si bien corresponde al juicio de legalidad al que fueran sometidos los actos administrativos que concedieron al contralor del departamento facultades que no le eran atribuibles y mediante el cual se crearon unos cargos en la planta de personal, del que luego se ordenara su extinción del mundo jurídico, no es menos cierto que la conducta del implicado, obedeció a un interés diferente de la destinación indebida de dineros públicos, esto, en la medida que existió un aprovechamiento diferente a la prestación del servicio”, señaló el Tribunal.
Lea además: Esta apertura de frontera no es un triunfo de ningún dictador: Duque
Así las cosas, se determinó que, al no configurarse la causal de destinación indebida de dineros públicos, no era pertinente decretar la pérdida de investidura que se solicitaba.
Durante los alegatos, la defensa del diputado Cáceres, a cargo del abogado Armando Quintero, insistió en que ni el haberse votado el proyecto de ordenanza, ni la sola autorización al contralor, eran suficientes para afirmar la configuración de una indebida destinación de los recursos.
De la misma forma, le señaló al Tribunal que “no se evidencia dolo o culpa por parte del demandando, pues dentro de ninguna de las investigaciones adelantadas con ocasiones de la expedición de la resolución que creó los cargos en la Contraloría se encontró responsable al actor”.
Lea también: Lista la terna para presidente de la Cámara
El fallo del Tribunal Administrativo es de primera instancia y podrá ser apelado ante el Consejo de Estado, que será el que tendrá la última palabra frente a la suerte de la investidura del integrante de la Asamblea.