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Conmoción Exterior en Venezuela: capturas masivas y militarización bajo un decreto de poder absoluto
El Gobierno activa el Estado de Conmoción Exterior con un decreto que amplía el control del Ejecutivo, autoriza detenciones y somete sectores estratégicos al régimen militar.
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Efecto Cocuyo
Efecto Cocuyo
Lunes, 5 de Enero de 2026

El Gobierno publicó este lunes en Gaceta Oficial el decreto de Estado de Conmoción Exterior, que otorga amplios poderes a la presidencia y ordena a las fuerzas de seguridad la captura de “toda persona involucrada en la promoción o apoyo” del ataque de Estados Unidos del pasado sábado.

El documento, con fecha de 3 de enero de 2026, está firmado por Nicolás Maduro, capturado la madrugada de ese día por militares estadounidenses y actualmente preso en Nueva York.

“Los órganos de policía nacionales, estadales y municipales deberán emprender de manera inmediata la búsqueda y captura en todo el territorio nacional de toda persona involucrada en la promoción o apoyo del ataque armado de Estados Unidos de América contra el territorio de la República (…) con miras a su juzgamiento”, indica el texto, refrendado por la ahora presidenta encargada, Delcy Rodríguez.

El decreto había sido preparado y anunciado a fines de septiembre, semanas después del inicio del despliegue naval de EE.UU. en el Caribe, pero se desconocía su contenido, que fue actualizado con los hechos del fin de semana. La medida tiene rango de ley y se prolongará por 90 días, con una posible prórroga por 90 días más.


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La Constitución de Venezuela prevé que, ante los estados de excepción, un decreto le garantiza al presidente un poder político, económico y social casi total sobre el país. Es la primera vez que se invoca esta figura desde la aprobación de la Constitución vigente desde 1999, que indica que puede ser decretado en caso de un conflicto que “ponga seriamente en peligro la seguridad de la nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones”.

El texto publicado en la Gaceta Oficial ordena “la militarización de la infraestructura de servicios públicos, la industria petrolera y demás industrias básicas del Estado”, mientras que el personal de tales servicios o empresas “quedará sometido temporalmente al régimen militar”.

Además, señala que el Ejecutivo podrá “ordenar la requisición de los bienes necesarios para la defensa nacional”, suspender el derecho a reuniones y manifestaciones públicas e incluso “cualquier otra medida que fuera necesaria para proteger al pueblo”, aunque añade que se tomarán medidas para garantizar derechos a la vida y a la libertad personal, entre otros.


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