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Editorial
Ley de Utilidad Pública
En Norte de Santander, 149 mujeres que se  encuentran purgando condenas en centro carcelario, cumplen los requisitos de la Ley de Utilidad Pública que les facililaría la recuperación de la libertad.
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La opinión
La Opinión
Domingo, 29 de Marzo de 2026

En Norte de Santander, 149 mujeres que se  encuentran purgando condenas en centro carcelario, cumplen los requisitos de la Ley de Utilidad Pública que les facililaría la recuperación de la libertad.

En primer luhat hay que recordar que a esta norma que cobija a mujeres cabeza de familia se le considera como  un avance en la implementación de una política criminal con enfoque de género en el país.

Esta  normativa reconoce las condiciones diferenciadas de marginalidad que sufren las mujeres privadas de la libertad, así como la importancia de su rol de cuidado  activo y de jefatura del hogar, por lo cual procura que este no se vea interrumpido por largas condenas.

La Ley de Utilidad Pública es la primera norma que contempla la posibilidad de ejecutar una sanción penal de manera restaurativa, en donde la pena se traduce en actividades de impacto social para resarcir el daño.

De acuerdo con la explicación del Ministerio de Justicia, la Ley 2292 de 2023 creó una medida de sustitución de la pena de prisión para mujeres condenadas que sean cabeza de familia. 

Esto significa que quienes accedan a este beneficio podrán conmutar su condena -en libertad- a través de la prestación de servicios de utilidad pública también conocidos como de características comunitarias.

Y ahí es donde encajan las 149 privadas de la libertad en la ciudad, que  tienen dichas características, las cuales contarán con un espacio para la obtención de asesoría con el fin de  poder iniciar los trámites  hacia ese fin.

Debe tenerse presente que ahí encajan solamente quienes hayan sido condenadas por delitos relacionados con el hurto o estupefacientes y que la  pena no exceda los ocho años de prisión.

Pero, además, debe comprobarse que las potenciales beneficiarias  hayan cometido alguno de los delitos reseñados dentro de condiciones de marginalidad.

Teniendo en cuenta la urgencia de contar con más espacios para la recepción de detenidos en el centro carcelario cucuteño, actuar en cumplimiento de esta ley es algo necesario.

Teniendo presente los protocolos y revisando profundamente caso a caso, hay que abriendo las celdas para permitir la salida de las personas cobijadas con dicho beneficio.

En ese sentido,  que sean mujeres cabeza de familia que tengan a cargo económica, social y afectivamente a hijos menores de 18 años al momento de ser condenadas, o de adultos que no puedan valerse por sí mismos. 

Uno de los compromisos que ellas tienen es el de la restauración del daño ocasionado.

Al mismo tiempo, las mujeres pueden trabajar, estudiar y efectuar sus labores de cuidado como cabeza de familia. 

En general, es un mecanismo que ayuda a la resocialización, la inclusión social y la responsabilización de las mujeres por el delito cometido.

Hay que  darles esa opción eso sí con el previo compromiso de no volver a incurrir en conductas delictivas y la advertencia de que cualquier reinsidencia les hará perder todos los beneficios y recibirán, en cambio, una fuerte condena.

Esta oportunidad dada por la sociedad es también una forma de reconciliación y paz.


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