El Tribunal Superior de Bucaramanga decidió negar la tutela con la que José Augusto Cadena, expresidente del Cúcuta Deportivo, pretendía suspender el acta que dio inicio al proceso de liquidación judicial del equipo profesional del que era dueño.
Cadena presentó esta acción constitucional por medio del abogado Iván Acuña. En ella, alegan la violación de cuatro derechos “al no permitir que se controvirtiera el fallo sancionatorio ante una instancia judicial distinta a la Superintendencia de Sociedades”: 1. El deber de ejercer el control de convencionalidad, 2. Seguridad jurídica, 3. Debido Proceso y 4. Defensa.
En resumidas cuentas, el argumento central del reclamo es que no hubo otra instancia al decretarse la liquidación.
Acuña pidió que se le tutelaran los derechos anteriormente reclamados. En un segundo punto solicitó de manera provisional suspender los efectos de la entrada al proceso de liquidación judicial; como tercero solicitó de manera urgente que se suspendiera de manera provisional la Liga Colombiana buscando “evitar un daño irremediable”, medida que fue negada en su momento.
De igual forma, que el acta en la que se decretó la liquidación fuera al superior jerárquico de la Superintendecia de Sociedades.
En la tutela, Cadena se presentó como representante legal del Cúcuta Deportivo, acción que hizo que el Juzgado de reparto que atendió por primera vez la tutela, advirtiera que el único representante legal de la institución deportiva es el liquidador Arturo Acosta Villaveces.
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