Luego de que fuera negada la tutela con la que Édgar Cortés buscaba que se diera nulidad al proceso de liquidación judicial del Cúcuta Deportivo, este martes se conoció que José Augusto Cadena, expresidente del club, interpuso otra acción constitucional por medio del abogado Iván Acuña.
El equipo fronterizo entró al proceso de liquidación judicial el pasado 11 de noviembre, por medio de un fallo de la Superintendencia de Sociedades, tras los incumplimientos de Cadena al proceso de reorganización empresarial en el que Cúcuta estaba inmerso de lleno desde el 2013.
Tras esta declaración, el club empezó a ser gerenciado por el liquidador Arturo Acosta Villaveces, delegado por la Superintendencia de Sociedades. Como agravante y como consecuencia de tener el reconocimiento deportivo suspendido y estar subsumido en la liquidación judicial, la Dimayor determinó desafiliar al Cúcuta el 25 de noviembre.
¿Qué alega la tutela?
En la tutela adoptada por el Juzgado 34 Civil del Circuito de Bogotá, Cadena alega la violación de cuatro derechos “al no permitir que se controvirtiera el fallo sancionatorio ante una instancia judicial distinta a la Supersociedades”: 1. El deber de ejercer el control de convencionalidad, 2. Seguridad jurídica, 3. Debido Proceso y 4. Defensa.
En el primer derecho (control de convencionalidad) el abogado Acuña expresa que la Superintendencia de Sociedades omitió que Colombia está suscrito a diferentes tratados internacionales en los que se afirman la posibilidad a una segunda instancia, con un superior jerárquico para “ser revisada la decisión y de ser el caso modificadas”.
Sobre la seguridad jurídica, la tutela señala que fue “abruptamente desconocida” al haberse impedido ejercer la doble conformidad (segunda instancia) en el proceso de reorganización empresarial el cual fue adelantado por la Superintendencia de Sociedades, por medio de un juez de concurso que “investigó el mismo funcionario, graduó las deudas, declaró el incumplimiento del acuerdo de reorganización de la Sociedad Cúcuta Deportivo e impuso las sanciones”, según afirma Acuña.
Es decir, el reclamo se fundamenta que tanto la investigación como la sanción, estuvieron concentradas sobre un solo funcionario en una única instancia.
El debido proceso, según reclama el jurídico Acuña, se incumple, en resumidas cuentas, al tener una “decisión unilateral”. Aquí, como en los dos anteriores derechos, solicitan una segunda instancia estipulada en los tratados internacionales.
En el cuarto y último derecho (defensa), Acuña manifiesta que esta vulneración se da porque “no se permite recurrir la decisión de la entidad accionada y que sea el Superior quien revise la decisión, además porque al hacer esta omisión se impide de forma flagrante y grave poder presentar pruebas, y consideraciones fácticas y jurídicas”.
Vale la pena recordar, que en la audiencia del 11 de noviembre, a José Augusto Cadena por medio del abogado Juan Carlos Paredes, se le concedió el recurso de reposición.
¿Qué pidió?
Como primera solicitud, Acuña pidió que se le tutelaran los derechos anteriormente reclamados.
En segundo punto solicitó de manera provisional suspender los efectos de la entrada al proceso de liquidación judicial.
Como tercero solicitó de manera urgente que se suspendiera de manera provisional la Liga Colombiana buscando “evitar un daño irremediable”.
Por último, que el acta en la que se decretó la liquidación fuera al superior jerárquico de la Superintendecia de Sociedades.
Medidas denegadas
La medida provisional de suspender la Liga, fue rechazada por el juzgado al no encontrar las razones en la tutela que soporten los derechos fundamentales protegidos con la medida.
Asimismo, el juzgado hizo llamado de atención de que la representación del Cúcuta Deportivo Fútbol Club S.A. que se encuentra en proceso de liquidación judicial, es única del liquidador Arturo Acosta Villaveces. Esto, porque en la tutela interpuesta aparece que el accionante es José Augusto Cadena Mora en representación de CÚCUTA DEPORTIVO FUTBOL CLUB S.A.