Suscríbete
Elecciones 2023 Elecciones 2023 mobile
Columnistas
Seguridad en las piscinas
El libro de registro del cumplimiento de los protocolos, llevados por los administradores en caso de omisión, se harán acreedores a sanciones pecuniarias, suspensiones y sellamiento del servicio por parte de las autoridades correspondientes.
Authored by
Sábado, 2 de Agosto de 2025

De primera mano, por cuanto sucedió con un miembro de mi comitiva, bañista, en el establecimiento llamado Villa Nueva en el corregimiento de Cornejo, municipio de San Cayetano, se raspó con el borde de la piscina, que rayan como un esmeril, y como la sangre es tan escandalosa, acudimos a los administradores del establecimiento y vaya sorpresa: ¡no tenían lo mínimo!, botiquín de primeros auxilios como lo estipulan la ley 1209-08 y sus decretos reglamentarios 2171-09 y 554-15.

Estas normas tienen como objeto, establecer requisitos que deben cumplir, si o si, las piscinas de uso colectivo, tendientes a brindar seguridad y adecuar las instalaciones con el fin de evitar accidentes o problemas de salud y proteger la vida de los usuarios de estas. 

Recapitulemos lo exigido en las normas que deben observar los administradores de estas piscinas para obtener y conservar la certificación para su funcionamiento, veamos: no permitir el acceso de menores de 12 años sin compañía de adultos, mantener agua limpia y sana según los requisitos de autoridad sanitaria, tener un botiquín de primeros auxilios con material para curaciones, permanecer en el área de la piscina por lo menos dos flotadores circulares con cuerdas y bastón con gancho, señalizar los diferentes niveles de profundidad con letras grandes y vistosas y el fondo igualmente con colores que identifiquen los niveles, contar con salvavidas, mínimo uno con conocimientos de resucitación cardio-pulmonar certificado por entidad reconocida, contar con un teléfono o citófono para llamadas de emergencia, protección para prevenir atrapamiento en las bombas de succión, que producen la muerte generalmente de menores como lo han informado los diferentes medios de comunicación y colocar a la vista del público el reglamento para el uso de la piscina.

El Ministerio de Salud y Protección Social tiene elaborado un protocolo que las autoridades sanitarias, Instituto de Salud Departamental, las secretarias de salud municipales en su respectiva jurisdicción deben vigilar su cumplimiento realizando auditorías permanentes     que eviten la omisión de las elementales normas de seguridad para los bañistas que frecuentan las diferentes piscinas que funcionan en nuestro departamento.

El libro de registro del cumplimiento de los protocolos, llevados por los administradores en caso de omisión, se harán acreedores a sanciones pecuniarias, suspensiones y sellamiento del servicio por parte de las autoridades correspondientes.

A vuelo de pájaro, como pueden entender no hice una auditoría exhaustiva, en la piscina en mención, no se vieron, además, los flotadores, ni salvavidas, ni el reglamento visible, pero si cobran por la entrada del carro, por el baño en la piscina, por el uso del Vestier… todo turra 


Gracias por valorar La Opinión Digital. Suscríbete y disfruta de todos los contenidos y beneficios en  https://bit.ly/SuscripcionesLaOpinion . 

Temas del Día