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Arquitectura de la fuerza pública
La arquitectura policial de Colombia tienen una historia, costosa y sufrida que justifica su actual diseño.
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Miércoles, 16 de Septiembre de 2020

Hubo un editorial de estos días, que nos retrató de cuerpo entero. Somos una Nación en donde las discusiones de fondo las volvemos controversias menores e insustanciales. Los errores de los siete policiales del CAI  de Villaluz en la ciudad de Bogotá y los temas de alta política se congelan por la politiquería y los personalismos, dejando las grandes discusiones estructurales fermentando la anarquía y la barbarie.

Cada Estado, le decimos a los estudiantes de Teoría del Estado, construye su seguridad según su propia idiosincrasia, con sus valores y sus miserias, sus costumbres y sus reacciones cotidianas, la espontaneidad, sus formas y recursos no codificados, sus prestigios y desprestigios, con todo y sin refinamientos.  De ese “summum” surge la prevención y la represión del mal, las normas de comportamiento y su Instrumento Policivo. Cada grupo social es especial y diferente. 

Luego de la desintegración de nuestra primera experiencia republicana, ya va a hacer 200 años, los colombianos comenzamos a fabricar nuestro concepto de Nación, a base de violencias. Una tras otra hasta  1886, guerreando por Constituciones, por curas y por laicos, por poder liberal o por poder conservador, por golpistas y civilistas de oportunidad, sin oportunidad de pensar en seguridad ciudadana y policía. Solo en 1888 manoseamos el concepto de la gendarmería, a iniciativa de Carlos Holguín,  para contener los reyezuelos de los pueblos y de los Departamentos, que eran los gamonales de cada territorio de terror. Así llego Juan María Marcelino Gilibert  y en 1891 nació la Policía Nacional a la que el General Reyes le agrego una función judicial de investigación de delitos y otras hierbas y luego el Presidente Concha le agregó la formación de detectives y dactiloscopistas.  

Para 1945 llego una reforma a la Constitución de 1886 por medio del Acto Legislativo número 1 y  se comenzó a proyectar esta arquitectura moderna de la Policía Nacional que en el Artículo 167 le dijo: “La Ley podrá Establecer una milicia nacional y organizará el cuerpo de policía nacional”. Y La Constitución militarizó la policía nacional en el Artículo 168, porque en el inciso segundo reafirmó: “Los miembros del Ejército, de la Policía Nacional y de los cuerpos armados de carácter permanente, no podrán ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo, ni intervenir en debates políticos”.  

Pese a lo anterior, no se logró despolitizar del todo a la Policía, pues el 9 de abril de 1948, “en el Bogotazo”, parcialmente  se sumó a la revuelta y hubo que replantearla y liquidar de raíz las arbitrariedades que aún mantenían los alcaldes y los gobernadores y buscar la paz con el pacto del Frente Nacional.  

Como se ve la Arquitectura policial de Colombia tienen una Historia, costosa y sufrida que justifica su actual diseño, en el Artículo 218 de la Constitución.   Que debe tener algunas rectificaciones de mando y más pedagógicas que constitucionales, sin caer en la torpeza infinita sacarla del capítulo 7° llamado “De la Fuerza Pública”. ¡Es la historia!

¿Imaginan ustedes, el regreso a la anarquía  comandada por los 32 gobernadores y los mil cuatrocientos dos alcaldes de Colombia, celosos, incultos y atrabiliarios, invadiéndose unos con otros con sus policías, con medidas contradictorias entre un municipio y otro, con armas y sin jerarquías?   Dios nos guarde y nos proteja. 

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