Una modificación al Código Nacional de Tránsito está a punto de cambiar la velocidad a la que pueden transitar los vehículos en Colombia. Esto gracias a un proyecto de ley que busca que las velocidades máximas en zonas urbanas sean de 50 kilómetros por hora y no de 60, como está estipulado en el artículo 106 de la Ley 769 de 2002.
En caso de aprobarse, también cambiaría la velocidad máxima en las carreteras del país: los carros particulares transitarían a 90 km/h mientras que los vehículos de servicio públicos mantendrían el límite de los 80 km/h. En cuanto a las vías nacionales con doble calzada que no tengan paso peatonal, se podrán máximo los 120 km/h.
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En las zonas escolares y residenciales el límite se mantendrá en 30 kilómetros por hora.
Entre los argumentos que dio el ponente del proyecto de ley, el representante a la Cámara Emeterio Montes, está que “la posibilidad de que un peatón atropellado sobreviva a un impacto de 60km/h o más, es del 10%, mientras que la posibilidad de que un peatón atropellado sobreviva a un impacto a 50km/h, es del 50%”. Esto de acuerdo con el artículo “Literature Review on Vehicle Travel Speeds and Pedestrian Injuries”, citado en el documento.
Así mismo, el proyecto de ley justifica que “cuando un vehículo transita a 80 km/h la mortalidad es del 100%, incluso con una velocidad de 60km/h, la mortalidad sigue siendo del 100%”, por lo que el límite actual, consignado en el artículo 106 que se cambiaría, se considera “muy alto y riesgoso para la seguridad vial tanto de los peatones, ciclistas e incluso motociclistas”.
Esta modificación es solo una con las que este proyecto de ley busca crear un marco legal para proteger los derechos de los peatones, así como fortalecer la seguridad y reducir los riesgo en las vías, según cita el documento.
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Otro cambio que se destaca es el del artículo 59 de la misma ley, que pretende que niños menores de 6 años, adultos mayores, personas con discapacidad y personas bajo efectos del alcohol o alucinógenos estén “acompañados, al cruzar las vías, si así lo consideran, por personas mayores de dieciséis años”.
Por ahora, el proyecto de ley ya fue aprobado en cuarto debate de la Cámara de Representantes con 116 votos a favor y solo tres en contra. El paso a seguir es la conciliación entre Senado y Cámara que en caso de admitirse, pasaría a sanción presidencial.
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