La Corte Constitucional, la próxima semana, deberá poner fin a una extensa y complicada discusión en torno a la despenalización total del aborto en Colombia. Sin duda, un tema polémico, lleno de juicios en una sociedad profundamente católica y que marcará, independientemente de la decisión, la historia.
Es bien sabido que, en Colombia, desde el año 2006, el aborto es legal bajo tres causales: cuando el embarazo representa un peligro para la vida de la mujer (incluida la salud mental), si existe una malformación del feto y si el embarazo es resultado de una violación.
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No obstante, dos demandas que cursan en la Corte Constitucional, piden declarar la inconstitucionalidad del artículo 122 del código penal, en donde establece que “la mujer que causare su aborto o permitiere que otro se lo cause, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses", lo que quiere decir, que se vaya más allá y no haya barrera alguna para practicarlo.
Una de las demandas fue interpuesta por el abogado Andrés Mateo Sánchez Molina y es la que estudia el magistrado Alberto Rojas, quien se caracteriza por su ideología liberal, mientras que la estudiada por el magistrado Lizarazo fue presentada por el movimiento Causa Justa, que integra a más de 90 organizaciones de derechos humanos.
Los argumentos de las demandas, en síntesis, aseguran que este delito viola los derechos de libre desarrollo de la personalidad, los derechos reproductivos, la dignidad humana de las mujeres y agregan que violan el derecho al libre ejercicio de la profesión a los médicos, porque se les impide prestar servicios de aborto libremente. Además, dicen, que se viola la libertad de cultos y que, mantener el aborto dentro del código penal no tiene una finalidad preventiva.
Las dos ponencias que estudia la Corte piden que se despenalice sin barrera alguna el aborto en Colombia, pero lo que se conoce hasta el momento es que la discusión está tan apretada, que sólo un voto haría la diferencia.
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Mientras se toma la decisión, Causa Justa reveló, en el informe 'La Criminalización del aborto en Colombia', que en el país ha aumentado significativamente la persecución y las condenas por el delito de aborto. Así, mientras que en el 2005 se presentaron 130 casos, en el 2006 se presentaron 199 y en el año 2018, 416 casos, evidenciando un crecimiento exponencial. Aunque el número de casos por año no es constante, después de 2008, el promedio de casos se ubica alrededor de 400 por año, incrementando en un 320% en comparación con el año 2005.
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Respecto a las condenas, la organización destaca que, según cifras de la Fiscalía, se ha condenado a 346 personas en 355 casos distintos, y que el número de condenas ha aumentado desde el año 2006. Mientras, en el 2006 se condenó a 12 personas, en el 2007, 25 y en los siguientes 13 años el promedio de condenas ha sido de 26.
Las menores de edad son más perseguidas y sancionadas que las mujeres en los demás grupos de edad por este delito: el 12,5 % de los casos perseguidos involucran mujeres menores de edad (14-17 años), y en el 24 % de los casos las mujeres condenadas son menores (81 de las 355 condenatorias corresponden a menores de edad). Es decir, que una cuarta parte de los casos resueltos negativamente corresponde a casos de menores.
“Me obligaron a escuchar el latido de un niño que no quería, porque ya estaba en la clínica donde iban a practicármelo (el aborto). Me medicaron con homeopatía, les pedí medicina real y el médico me contestó que se hacen así las cosas para que se vean las consecuencias de los actos… Mis actos fueron que las anticonceptivas fallaron, pues no todo método anticonceptivo es 100% fiable”, asegura una menor de edad quien posteriormente fue judicializada tras el llamado de los médicos a la policía, en un relato conocido por Colprensa.
De acuerdo con la base de datos proporcionada por la Fiscalía General de la Nación, hay 5.737 procesos registrados por el delito de aborto, 4.754 están en etapa de indagación. De ellos, 450 casos están en etapa de ejecución de penas, es decir, son casos en los que ya hay condena o se decretó medida de aseguramiento, y 102 en etapa de juicio.
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Ana Cristina González Vélez, cofundadora de La Mesa por la Vida y del Grupo Médico por el derecho a Decidir y pionera del Movimiento Causa Justa, señala que “el sistema colombiano opera tendenciosamente para condenar a las mujeres que deciden abortar y, en cambio, exonera a los hombres que ejercen violencia contra las mujeres, en el caso de la justicia”.
Women´s Link Worldwide señala que si bien el aborto pasó de ser la primera causa de mortalidad materna en Colombia en los años setenta, a ser la cuarta causa en la actualidad, aún mueren 70 mujeres anualmente y cerca de 132.000 sufren complicaciones por esta razón.
“Las cifras son inaceptables si se tiene en cuenta que los riesgos del aborto realizado en condiciones seguras son mínimos, por lo tanto, se trata de muertes y complicaciones evitables”, asegura la organización.
Así mismo, la ONG señala que la tasa de complicaciones por aborto inducido en las mujeres pobres del medio rural es la más alta de todos los subgrupos en Colombia (53%) y la proporción de mujeres que sufren complicaciones es mayor en la región Pacífica (40%).
Según Laura Gil Urbano, ginecóloga y cofundadora del Grupo Médico por el Derecho a Decidir, la despenalización del aborto traería beneficios para el sistema de salud y evitaría esas muertes y riesgos que las mujeres enfrentan en la actualidad.
“El acceso al aborto seguro trae beneficios para la salud de las mujeres. En salud, tenemos varios indicadores, por ejemplo: la mortalidad materna, la infantil y los años de vida saludable que se pierden por hacer una u otra intervención. Entonces, cuando hay acceso al aborto seguro se evitan muertes maternas, no solo porque esas muertes han podido suceder por el aborto inseguro, sino porque muchos de los embarazos que terminan en muertes maternas son embarazos no deseados y de alto riesgo. Posiblemente esa mujer quería interrumpir su embarazo y no pudo hacerlo por todas las barreras que existen”, asegura Gil.
La médica añade que la regulación del aborto, en últimas, se traduciría en un menor número de procedimientos, “la penalización no ayuda a que haya menos abortos porque la decisión de continuar un embarazo va mucho más allá de si es legal o no abortar. La amenaza de cárcel no hace que la mujer cambie de decisión.
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En los países en los que está penalizado el aborto, el número de procedimientos por cada 1.000 mujeres es exactamente el mismo o incluso mayor que en los países donde está totalmente despenalizado. Y que no sea delito lleva a que sea un procedimiento integral, con una asesoría en derechos y la posibilidad de acceder a un método anticonceptivo inmediatamente. Así, a mediano y largo plazo se evitan nuevos embarazos no deseados”.
Y es que según datos de la ONG Guttmacher, la mitad del total de abortos en Colombia se realiza mediante el uso del medicamento misoprostol, el cual es ampliamente disponible.
Sin embargo, pese a la alta eficacia y seguridad del medicamento cuando se usa correctamente, el inadecuado conocimiento sobre cómo y cuándo usarlo correctamente, tanto en las mujeres como en los proveedores, resulta en una alta tasa de complicaciones (32%; principalmente sangrado y aborto incompleto).
Causa Justa señala que el personal de salud, antes que atender y brindar los servicios de salud cuando lo anterior ocurre, prioriza reportar estos casos como delito, "vulnerando la salud y el bienestar de la paciente, así como su derecho a la privacidad protegido por el secreto médico".
Frente a este tema, la profesora Isabel Cristina Jaramillo apunta que, “sabemos que el personal de salud, con mucha frecuencia, pone en conocimiento de las autoridades la llegada de mujeres con complicaciones en sus abortos; lo hacen incluso antes de que algún médico evalúe la situación y determine si el aborto fue inducido o no (…) esta vulneración de normas éticas básicas por parte del personal de salud aumenta la desconfianza que las mujeres sienten hacia el sistema de salud y los médicos en general, lo cual se convierte en un verdadero obstáculo para el acceso al procedimiento”.
La ONG Guttmacher añade que en áreas urbanas, el tipo de aborto más común es el inducido por misoprostol, el cual se obtiene de diferentes fuentes que incluyen el mercado negro, las droguerías y los médicos. En las áreas rurales, las mujeres pobres tienen menor probabilidad de usar el misoprostol que las mujeres de mayores recursos, y con frecuencia recurren a parteras o se auto-inducen el aborto usando otros métodos.
"Los abortos que no son inducidos por misoprostol son realizados por una variedad de proveedores de servicios que incluyen médicos (utilizando técnicas quirúrgicas principalmente), personal farmacéutico (altas dosis de anticonceptivos orales), personal de enfermería (inyecciones de oxitocina e inserción de sondas) y parteras (inserción de sondas u objetos filosos en la vagina, masajes o uso de menjurjes y brebajes herbales)", dice la ONG.
Por otro lado, según el informe de Causa Justa, los cinco departamentos en Colombia en los que se producen mayores condenas por aborto son Caldas (el 18.48 % de los hechos que dan inicio a un caso terminan en condenas); Boyacá (13.94 %); Santander (10.61 %); Tolima (8.48 %); y Norte de Santander (6.67 %). Bogotá es una de las ciudades en la que, la mayoría de casos de criminalización contra las mujeres que deciden practicarse un aborto derivan en condena (13.33 %).
Women´s Link Worldwide añade que el 33% del total de mujeres que tienen abortos clandestinos sufren complicaciones que requieren atención médica, pero la tasa de complicaciones alcanza a ser del 53% en las mujeres pobres del medio rural.
Sin embargo, aproximadamente una quinta parte del total de las mujeres con complicaciones postaborto no recibe la atención médica que requiere.
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La Mesa por La Vida ha acompañado legalmente casos como el de Carla, una estudiante de 15 años que vivió en 2018 un proceso de judicialización traumático para ella y su familia.
“La estudiante quedó en embarazo como resultado de violencia sexual y, en compañía de su madre denunció ante la Fiscalía sin que se le informara sobre el derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Con 25 semanas de edad gestacional y con la asesoría de La Mesa por la Vida y la Salud de las Mujeres, la adolescente solicitó ante su Entidad Promotora de Salud (EPS) la Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) por la causal violencia sexual”, recoge un testimonio de la organización.
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