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¡Aliste su celular! multas a los infractores de tránsito a partir de los videos grabados por la ciudadanía
Se recomienda que en los videos se aprecia con claridad la placa del vehículo o el logo de la empresa a la que pertenece.
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Colprensa
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Lunes, 4 de Marzo de 2024

Alta expectativa ha generado la circular en la que el Ministerio de Transporte da luz verde para que ahora se puedan imponer multas a los infractores a partir de los videos grabados por los mismos ciudadanos en Colombia.

Según explicó el Ministerio en este documento, las grabaciones de video ofrecen una perspectiva que permite apreciar con mayor exactitud el movimiento del vehículo o la moto involucrada al momento de violar las normas de tránsito.


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¿Pero cuáles serían los alcances? El ministro de Transporte, William Camargo, aclaró algunas dudas al respecto y precisó que es “una invitación a comparecer con esa evidencia” a los ciudadanos, para que expongan sus argumentos y luego el debido proceso dicte si hay sanción o no.

Aunque faltan por definir los correos o la plataforma para adjuntar las pruebas, Camargo dijo a Blu Radio que en el momento que se haga los ciudadanos deberán adicionar el lugar del evento y la fecha, al video o material que envíen.

 

Opcional, también pueden subir sus datos personales como nombre y número telefónico, adjunto a la confirmación del tratamiento de datos.

Una de las sugerencias es que se pueda apreciar con claridad la placa del vehículo o, en dado caso, el logo o nombre de la empresa a la que pertenece.

“Ahí evaluamos la idoneidad del video, que no sea manipulado, y vemos la localización, que habitualmente viene en las características del video”, dijo el ministro.


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Sobre la identificación de la persona infractora que iba al volante en el momento, aclaró que habrá lugar a una comparecencia del propietario para que informe sobre la infracción y quién estaba conduciendo el vehículo.

En el caso de las empresas las multas podrían ir tanto para el vehículo como para la compañía, y el monto varía dependiendo de la gravedad de la infracción.

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