A partir de 2026, quienes fabriquen, importen o vendan medidores eléctricos en Colombia deberán ajustarse a una nueva reglamentación que busca mejorar la precisión del servicio y reducir los reclamos por cobros injustificados.
Nuevos estándares serán obligatorios desde enero de 2026
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) dio a conocer una nueva normativa que regirá a partir del 5 de enero de 2026 para todos los mediadores de energía eléctrica de uso residencial en el país.
La resolución establece parámetros técnicos, metrológicos y administrativos que deberán cumplir tanto los dispositivos importados como los fabricados en Colombia antes de salir al mercado.
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El objetivo principal es asegurar que las mediciones reflejen con exactitud el consumo real de los hogares, lo que a su vez busca minimizar los errores de facturación y fortalecer la confianza de los usuarios en sus proveedores de energía.
La SIC explicó que esta resolución incorpora recomendaciones de la Organización Internacional de Metrología Legal (OIML) y se inspira en experiencias internacionales exitosas, en las que se ha comprobado que un control riguroso previo a la comercialización, mejora notablemente la calidad de servicios y reduce las reclamaciones de los usuarios.
Entre los cambios más relevantes están:
- Exigencias mínimas de precisión en la medición.
- Tolerancias máximas permitidas en el desempeño del equipo.
- Evaluación de conformidad obligatoria para los dispositivos.
- Registro obligatorio en el Sistema de Información de Metrología Legal (Simel).