A través de un decreto del Ministerio de Justicia, el Gobierno estableció que las acciones de tutela en contra de la Presidencia de la República que vinculen temas de seguridad nacional y erradicación de cultivos ilícitos, entre otros, serán conocidas en primera instancia por el Consejo de Estado.
La iniciativa, que está en cabeza del Ministro de Justicia, Wilson Ruiz, a través del decreto 333 del 6 de abril, estableció que “las anteriores reglas de reparto no podrán ser invocadas por ningún juez para rechazar la competencia o plantear conflictos negativos de competencia”.
Es decir, el Gobierno a través del decreto le quitó competencia a los jueces regionales, quienes venían ejerciendo la labor de conocer las acciones de tutelas que instauraban las comunidades en zonas apartadas.
El documento de siete páginas también expone que las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden departamental, distrital o municipal y contra particulares serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los jueces municipales.
Del mismo modo, las acciones legales que se interpongan contra cualquier autoridad, organismo o entidad pública del orden nacional serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, a los Jueces del Circuito o con igual categoría.
Una modificación con este Decreto relaciona también a las acciones de tutela en contra del Contralor General de la República, del Procurador General, del Fiscal General, del Registrador Nacional, del Defensor del Pueblo, del Auditor General de la República, del Contador General, del Consejo Nacional Electoral, en las que serán repartidas, a los Tribunales Superiores de Distrito Judicial o a los Tribunales Administrativos.
Esta decisión también cobija a las determinaciones tomadas por la Superintendencia Nacional de Salud respecto de las medidas cautelares y de toma de posesión e intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar, de cesación provisional, o de revocatoria total o parcial de habilitación o autorización de funcionamiento.
En un rango menor, el decreto también estableció que las acciones de tutelas dirigidas contra las actuaciones de los fiscales y procuradores serán repartidas, para su conocimiento en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad judicial ante quien intervienen.
“Para el caso de los fiscales que intervienen ante Tribunales o Altas Cortes, conocerán en primera instancia y a prevención, los Tribunales Superiores de Distrito Judicial. Para el caso de los procuradores que intervienen ante Tribunales o Altas Cortes, conocerán en primera instancia y a prevención, los Tribunales Administrativos”, dice el documento.
Del mismo modo, el documento relaciona que las acciones de tutela dirigidas contra los Jueces o Tribunales serán repartidas, en primera instancia, al respectivo superior funcional de la autoridad jurisdiccional accionada.
Sobre las acciones de tutela dirigidas contra la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado serán repartidas, en primera instancia, a la misma Corporación y se resolverá por la Sala de Decisión, Sección o Subsección que corresponda de conformidad con el reglamento.