La sala de instrucción de la Corte Suprema de Justicia decidió archivar la denuncia contra el senador del Pacto Histórico, Roy Barreras, del caso de filtraciones conocido como ‘Petrovideos’.
En el fallo de 33 hojas, con ponencia del magistrado Héctor Javier Alarcón Granobles, se determinó que no existen pruebas para culpar a Barreras, quien fue denunciado por los presuntos delitos de violación de los topes o límites de gastos en las campañas electorales y fraude procesal.
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Según la denuncia presentada en su momento, Barreras, quien figuraba en uno de los videos integrando la campaña presidencial del ahora presidente de Colombia, Gustavo Petro, se veía tratando y abordando temas relacionados con presuntos aportes monetarios que realizaría la empresa SuperGiros a la campaña electoral.
En palabras de Barreras, quien acepto en versión libre que su voz si era la del video, aclaró que no sabía que la reunión se estuviera grabado en ese momento. Por tal motivo, lo referencio como una infiltración ilegal vulnerando su derecho a la intimidad.
“La sala concluye la ilicitud en la obtención del video que sustenta le denuncia, a causa de la intromisión en el entorno social a la intimidad donde se desarrolló la reunión”, reza parte del fallo demostrando que los videos son ilegales.
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Sobre el contenido del video denunciado por presuntos aportes irregulares a la campaña del hoy presidente Petro, el senador aclaró que no fungió como gerente de la campaña de Petro ni tampoco hacía parte del Comité Financiero de la Campaña de Petro. Aclarando además que el contexto de la reunión era exponer ante varias entidades, las razones por las cuales la campaña de Petro no afectaría al sistema financiero.
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“Así, la hipótesis, sugerencia y/o idea de recibir aportes a la campaña presidencial por parte de personas ligadas a Supergiros que, eventualmente, hubiera promovido Barreras Montealegre, por sí misma no constituye una conducta punible, máximo cuando ni siquiera es indicativo, a priori, que ello propiciara una omisión de reporte del aportante o un desbordamiento de los topes de financiación establecidos por la autoridad electoral”, agregó el fallo.
Igualmente, el senador Barreras aseguró que de ninguna manera SuperGiros hubiera donado recursos para la campaña, algo que constato la Corte de la mano del Consejo Nacional Electoral (CNE).
“De ninguna manera se puede concluir que el supuesto aporte fue un hecho consolidado, ni que fue realmente recibido, mucho menos que el investigado lo hubiera gestionado o influido en su administración para que se diera un manejo contrario a lo reglado en las normas electorales”, determinó el fallo.
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