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Cúcuta
Nuevas normas para eventos de afluencia masiva en Cúcuta
La administración municipal se compromete a asegurar la seguridad y el orden en todos los espectáculos.
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Deicy Sifontes
Deicy Sifontes
Jueves, 1 de Agosto de 2024

La Alcaldía de Cúcuta, a través de la Secretaría de Gobierno emitió el Decreto 0303 del 12 de julio de 2024, mediante el cual estableció cuáles son los procedimientos que se deben seguir para la realización de eventos de afluencia masiva en la ciudad, abarcando tanto espacios públicos como privados.


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Miguel Castellanos, secretario de Gobierno, detalló que estas acciones buscan establecer funciones específicas y clasificaciones para eventos de afluencia masiva, así como los requisitos de cada secretaría para el registro, evaluación y expedición de autorizaciones.

En este sentido, el decreto incluye la creación y reglamentación del ‘Sistema de automatización y simplificación de los trámites para el registro, evaluación y autorización de espectáculos y actividades de aglomeración pública’ en el municipio. 

Asimismo, se contempla la adaptación de una ventanilla única de la página web de la Alcaldía de Cúcuta, para facilitar la radicación de solicitudes de permisos para eventos de afluencia masiva. 

“A través del uso de la ventanilla, los solicitantes y las entidades municipales dispondrán del número de radicación o registro del trámite, con el cual podrán consultar virtualmente el estado y/o avances del procedimiento, obteniendo por ese mismo medio las comunicaciones, notificaciones, observaciones y conceptos pertinentes”, precisa el decreto. 


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Además, se formará el ‘Comité del Sistema Único de Gestión para el Registro, Evaluación y Autorización de Actividades de Aglomeración de Público en Cúcuta’, que supervisará el correcto desarrollo de estos eventos.

En este participarán las secretarías de Gobierno, Gestión del Riesgo de Desastres, Tránsito, Salud, Seguridad Ciudadana, Cultura y Turismo, el Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cúcuta, la Policía Metropolitana de Cúcuta, el Instituto Municipal de Recreación y Deporte (IMRD). 

El decreto también establece los procedimientos necesarios para la habilitación de escenarios de artes escénicas, así como los requisitos para la realización de espectáculos públicos en lugares no habilitados, espacio público, estadios y demás locaciones deportivas; así como determinar las competencias de los Puestos de Mando Unificado (PMU) para garantizar el orden y la seguridad en dichos espectáculos. 


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Requisitos 

De acuerdo con el decreto, el productor, responsable y/o empresario debe solicitar el respectivo permiso y/o autorización a través de la Ventanilla Única Virtual con mínimo quince (15) días hábiles antes de la fecha de realización del evento, acreditando los siguientes requisitos, los cuales permitirán obtener los conceptos, avales y/o vistos buenos, necesarios para otorgar el respectivo permiso o autorización. 

Se debe entregar la copia del contrato de arrendamiento, título de propiedad o certificado del préstamo del escenario o lugar en donde se realizará el evento expedido por el ente o la persona que lo administre.


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Contar con el permiso de ocupación temporal de espacio público y/o permiso para el cierre de vías por parte de la Secretaría de Tránsito Municipal o por la dependencia territorial según sea el caso.

Además, presentar el certificado de pago de los derechos de autor y derechos conexos previstos en la ley según el caso y la póliza de responsabilidad civil extracontractual, según la complejidad del evento cuando le sea requerida.

El decreto completo puede ser consultado en la página web de la Alcaldía de Cúcuta. 

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