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¿Impuesto al patrimonio o canibalismo fiscal?
La última línea de defensa para evitar el naufragio productivo está hoy exclusivamente en manos de la Corte Constitucional.
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Lunes, 30 de Marzo de 2026

Cuenta el mito griego que el rey Erisictón, tras profanar un bosque sagrado, fue castigado por la diosa Deméter con un hambre insaciable. Cuanto más comía, más hambriento se sentía, hasta que, agotadas todas sus riquezas para costear sus banquetes, terminó por devorar sus propios miembros para intentar saciarse.

Esa es exactamente la naturaleza de lo que se cocina con los Decretos Legislativos de Emergencia 176 y 245 de 2026. Responden a una fórmula diseñada para que el Estado, impulsado por una urgencia fiscal infinita, comience a devorar el aparato productivo de Colombia en una emboscada al capital.

Veamos los números. Según el profesor Aswath Damodaran, el margen neto del comercio para este 2026 es de un escuálido 2,51%. Esta fragilidad es el resultado de la “Triple Pinza” que hoy estrangula a la empresa: altas tasas de interés, altísimos costos asociados a la reciente reforma laboral y el desmedido aumento del salario mínimo decretado en diciembre, pocos meses antes de elecciones. En este escenario, la búsqueda de una precaria rentabilidad parece un “reality” de supervivencia extrema.

El diseño fiscal actual plantea una colisión letal en la que, mientras el impuesto de renta grava lo que se gana, el impuesto al patrimonio castiga lo que se tiene. Imagine una empresa con un patrimonio de $10.000 millones cuya utilidad anual es de $251 millones. Tras tributar $87,8 millones en renta y sumar los $150 millones del nuevo impuesto al patrimonio, el Estado termina confiscando el 94,7% de lo generado.

Lo que hace a Colombia un caso de estudio aterrador es su soledad técnica. Si bien compartimos el impuesto al patrimonio con naciones como Noruega, Suiza, España o Francia, somos el único país de la OCDE que carece de un “escudo fiscal”. Mientras que en España la suma de renta y patrimonio no puede exceder el 60% de la base imponible, en Colombia no existe límite alguno.

El Estado se comporta como un Erisictón moderno que no se conforma con una parte de los frutos: exige el árbol entero.

Este escenario de muerte clínica obliga al tejido empresarial a consumirse a sí mismo para cumplir con el fisco. Resulta así inevitable una selección natural inversa, donde no sobrevive el más eficiente, sino aquel que decide no invertir.

Pareciera que al Gobierno no le importa que la evidencia técnica demuestre, hasta la saciedad, que al destruir la unidad económica se dinamite el empleo formal y, con ello, la base misma del Estado Social de Derecho. Lo que estamos presenciando es el canibalismo fiscal del “Mínimo Vital de Subsistencia Empresarial”.

La justicia de otros países ha tomado decisiones relevantes para impedirlo. El Tribunal Constitucional Federal Alemán, en su histórica sentencia de 1995, sentó el Principio de la Mitad, según el cual la carga tributaria total no puede exceder el 50% de los ingresos. Por su parte, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha calificado como violación al derecho de propiedad cualquier carga desproporcionada que rompa el justo equilibrio. Cuando un tributo absorbe casi el 95% de la renta, el Estado recauda y así ejecuta una expropiación sin indemnización.

Si no se frena esta expropiación silenciosa mediante un límite global de tributación, terminarán gobernando un cementerio de empresas.

La última línea de defensa para evitar el naufragio productivo está hoy exclusivamente en manos de la Corte Constitucional, que tiene a su cargo revisar la constitucionalidad del muy injusto e improvisado impuesto al patrimonio y asegurar que la voracidad del fisco no termine por devorar el cuerpo que le da sustento.


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