La Corte Suprema de Justicia confirmó la permanencia de Diego Fernando Murillo Bejarano, conocido como alias Don Berna, en el proceso de Justicia y Paz, al resolver una impugnación relacionada con su continuidad en la Ley 975 de 2005.
La decisión fue adoptada por la Sala de Casación Penal en el marco del expediente de segunda instancia de Justicia y Paz, luego de revisar la providencia emitida el 29 de agosto de 2022 por el Tribunal Superior de Medellín.
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Con esta determinación, Murillo Bejarano continuará vinculado al sistema transicional pese a las solicitudes que buscaban excluirlo por incumplimientos e inasistencias a diligencias judiciales entre 2021 y 2022. La Corte consideró aspectos relacionados con las garantías de comparecencia, la cooperación institucional y los derechos de las víctimas dentro del proceso penal especial.
De acuerdo con el documento judicial, la Corte señaló que las actuaciones dirigidas a establecer las condiciones de reclusión del postulado pueden contribuir al cumplimiento de las obligaciones adquiridas dentro del proceso de Justicia y Paz. En el comunicado se indicó:
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“En esa línea, toda contribución a establecer las reales condiciones de reclusión del postulado Murillo Bejarano y, por qué no, a mejorarlas en cuanto sea posible, sin duda alguna habrá de redundar en su efectiva comparecencia a las actuaciones judiciales en que es requerido; y, por esa vía, con su participación, realizar las garantías de verdad, justicia y reparación debidas a las víctimas conforme al diseño del proceso penal especial de la Ley 975 de 2005”.
La Sala también hizo referencia a las funciones asignadas a la Dirección de Asuntos Internacionales de la Fiscalía General de la Nación en materia de cooperación técnica internacional, relacionadas con programas, proyectos y actividades vinculadas al cumplimiento de los procesos judiciales.
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Decisión de la Sala de Casación Penal
La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia confirmó la decisión emitida el 29 de agosto de 2022 por la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Medellín, que negó la solicitud para excluir a Murillo Bejarano del proceso adelantado en su contra bajo la Ley 975 de 2005.
Además, la Corte decidió no pronunciarse sobre el recurso de apelación presentado por el apoderado de víctimas indirectas de Eduardo Umaña Mendoza, al considerar las razones expuestas dentro de la providencia. El alto tribunal también señaló que contra esta decisión no procede ningún recurso adicional.
La determinación quedó registrada dentro del proceso de segunda instancia de Justicia y Paz contra Murillo Bejarano.
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