Una comunicación, que ha generado sorpresa, fue enviada por el Ministerio de Minas y Energía a gobernador, alcaldes, Fuerza Pública, empresas del sector minero y comunidad en general del Catatumbo.
En el documento, con fecha del pasado martes y firmada por el director de Hidrocarburos del ministerio, Julián Flórez, se le recuerda a Norte de Santander la normativa aplicable al transporte terrestre de combustibles líquidos derivados del petróleo.
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Mediante el equipo de prensa del Minminas, Flórez explicó a La Opinión que el comunicado fue emitido en conjunto con la Oficina Asesora Jurídica (OAJ), “con el fin de dar claridad a poblaciones, entre ellas los pequeños mineros legalizados o formalizados para abastecerse de diésel o gasolina desde estaciones de servicio, en cantidades no mayores a un tambor de 55 galones”.
“Esto, para actividades de pequeña minería, comerciales, industriales. Es un comunicado que aclara la forma en que se pueden abastecer para sus operaciones y cómo lo pueden transportar sin necesidad de camiones cisterna”, precisó el funcionario.
Flórez aseguró que lo pueden hacer en un máximo de cuatro tambores, en vehículos adecuados, tipo camión o volqueta, sin transportar simultáneamente personas, animales, medicamentos o alimentos.
Sorpresa por el comunicado
Se consultó a la secretaria de Gestión Minero Energética Sostenible de Norte de Santander, Carolina Álvarez, quien precisó, a través de su enlace de prensa, que tal comunicación no era de su conocimiento, hasta que le fue enviada por este periódico.
Álvarez señaló que el documento está siendo revisado por el ingeniero del área y el asesor jurídico.
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Igualmente, la directora ejecutiva de la Asociación de Estaciones de Servicio de Norte de Santander (Asesnort), María Eugenia Martínez, se preguntó por qué el ministerio emitió esa comunicación, cuando se trata unas indicaciones sobre unas reglas establecidas en el Decreto 1073 de 2015, Único Reglamentario del Sector Administrativo de Minas y Energía, que todos conocen.
“Ahí está determinado lo que dice la norma. No sabemos por qué el Ministerio de Minas y Energía lo hace o a qué se refiere”, sostuvo Martínez.
El abogado Santiago Soto Luna, especialista en Derecho Minero Energético, también expresó que el texto firmado por el director de Hidrocarburos “no dice nada de fondo relevante ni diferente”.
“Esa normativa ya existe, es la de transporte de combustibles para uso agrícola, industrial y comercial, para quienes no pueden abastecerse en una estación de servicio, entonces les permiten unos recipientes con ciertas características. El ministerio está reiterando lo que dice la norma, quién sabe por qué”, añadió.

¿A qué se exhorta?
El Minminas recalcó que el transporte de combustibles líquidos derivados del petróleo debe hacer en máximo cuatro recipientes de 55 galones, con destino exclusivo al sector agrícola, industrial y comercial. La entidad hace especial mención a la actividad minera formal a cualquier escala.
“El volumen de combustible almacenado en dichos recipientes no podrá exceder 220 galones y podrá adquirirse hasta un máximo de 8.000 galones/mes en una estación de servicio, sin que pueda ser trasladado a otra jurisdicción municipal diferente a donde se compró, salvo que no exista en un municipio determinado estación de servicio”, detalló el despacho.
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En los municipios en donde no exista un expendio de combustible, el alcalde certificará tal situación, lo que permitirá utilizar esta figura de excepción para transportar el combustible almacenado en los recipientes desde la jurisdicción donde se compró.
El ministerio reiteró que le corresponde al mandatario local tomar las medidas necesarias que conduzcan a la verificación del cumplimiento de lo dispuesto en la norma.
El documento fue enviado, según la Dirección de Hidrocarburos, a las alcaldías de Ábrego, Convención, Hacarí, La Playa, El Tarra, El Carmen, Teorama, San Calixto, Los Patios y Villa Del Rosario y a las de Río de Oro y González (Cesar). También a Asesnort, a la Asociación de Carboneros (Asocarbonor), Departamentos de Policía de Norte de Santander y Cesar y Gobernación de esa región.
El Gobierno ha estado muy pendiente del sector de combustibles de esta zona de frontera, con el fin de que se cumpla la jurisprudencia al respecto.
En febrero pasado, esa misma dirección ordenó cerrar temporalmente 48 estaciones de servicio (EDS) en 15 municipios, por discrepancias en su localización, al cruzar los datos entre los sistemas de la Fuerza Aeroespacial y las coordenadas registradas en el Sistema de Información de Combustibles Líquidos (Sicom).
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