Tal y como lo había propuesto el gobernador de Norte de Santander, Silvano Serrano Guerrero, un juez de tutela le ordenó, ayer, al mandatario departamental fijar una nueva fecha para la celebración de la revocatoria impulsada contra el alcalde de Cúcuta, Jairo Tomás Yáñez Rodríguez.
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La decisión se adoptó en respuesta a un recurso de amparo elevado por Saturnino Velandia Solano, integrante del comité promotor del mecanismo de participación, quien exigía la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso y participación política.
En esa medida, el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta le ordenó a Serrano que “dentro del término perentorio e improrrogable de 48 horas siguientes a su notificación (de la tutela), fije una nueva fecha para la realización del mecanismo de participación ciudadana de revocatoria del mandato del alcalde de San José de Cúcuta, denominado “Que se va se va, póngale la firma”.
El juez precisó que la fecha establecida debía garantizar la realización material y jurídica del evento electoral, así como una verdadera participación ciudadana. “Deberá informar sobre su cumplimiento a este despacho, so pena de incurrir en desacato”.
Atendiendo el mandato judicial, ayer mismo el gobernador expidió el decreto 01728 fijando para el 23 de enero la nueva fecha de la votación del mecanismo de participación.
La consulta estaba programada inicialmente para el 12 de diciembre, pero esta tuvo que ser postergada por cuanto la Registraduría manifestó la imposibilidad de llevarla cabo por no contar con los recursos ni el tiempo necesario para su organización.
Días después, un juez le ordenó a la entidad expedir el calendario electoral y el gobernador Silvano Serrano definió, entonces, el miércoles 5 de enero como la nueva fecha para cumplir con la jornada democrática en la que se definirá la continuidad del alcalde Yáñez, teniendo en cuenta ese día vencía el término de los dos meses que establece la ley para la convocatoria.
No obstante, el pasado 27 de diciembre la Registraduría volvió a pedirle al mandatario aplazar la consulta, en razón a que el Tribunal Superior de Cúcuta se encuentra en vacancia judicial y no había forma de designar la Comisión Escrutadora y los claveros, lo cual impedía avanzar con el proceso.
Al respecto, Serrano respondió que no era posible acceder a lo solicitado, pues él no podía exceder el ordenamiento jurídico que dispone un plazo de dos meses para fijar la fecha de la revocatoria, el cual vencía el 5 de enero.
En vista del dilema en que quedó sumida la realización de la revocatoria y de las acciones de tutela que, incluso, se generaron por parte de algunos funcionarios que fueron designados como jurados de votación, quienes alegaban que también se encuentran en su periodo de vacaciones y como tal se los deben respetar, la Secretaría Jurídica les pidió a los jueces que estudiaran la posibilidad de ordenarle al gobernador la modificación de la fecha establecida para el proceso de revocatoria y así ocurrió.
La decisión emanada por el juez tercero de ejecución de penas le pide también a la Registraduría que dentro del término de 48 horas siguientes a la fijación del decreto que convoca la revocatoria, proceda con la elaboración y publicación del calendario electoral de la consulta.
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