En única instancia, un juez declaró el daño consumado toda vez que la accionante renunció a su empleo. La Sala de Novena de Revisión, con ponencia del magistrado José Fernando Reyes Cuartas, revocó el fallo y amparó los derechos de la mujer al considerar que fue sometida a un acto discriminatorio.
La Sala concluyó que la vulneración del derecho a la identidad de género implicó una limitación en su derecho al trabajo. Además, encontró que los actos discriminatorios llegaron a atentar con las condiciones de dignidad que deben permear todas las relaciones derivadas de la actividad laboral.
En consecuencia, la Corte ordenó a la empresa accionada que: (i) presente excusas a la mujer por habérsele exigido el cambio formal en sus documentos de identidad para ser llamada por su nombre identitario, así como por la presunta imposición de una carga de trabajo diferencial.
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Apoyo al llamado de la Corte
Las dirigentes de varias asociaciones celebraron la determinación de la Corte que obliga a las empresas a llamar a las mujeres trans por sus nombres identitarios.
Vanessa Salamanca, presidente de la fundación Zapatilla Dorada, festejó la decisión del alto tribunal y pidió a las empresas y entidades públicas y privadas respetar el nombre con el que se identifican las mujeres trans.
“Me parece muy bien esa decisión. Tomaron las directrices correspondientes. Podemos tener un nombre digno con el que nos identificamos”, dijo la mujer que debe poner su nombre identitario en el carné del lugar donde trabaja, cubriendo su nombre anterior.
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